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Policía con bloqueos pero sin medidas buenas de prevención de COVID

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Policía con bloqueos pero sin medidas buenas de prevención de COVID

3 de septiembre de 2019 - Vista Preliminar contra Jensen Medina Cardona por el asesinato de la joven empresaria Arellys Mercado.

Un informe federal establece las deficiencias que tiene la Policía en el manejo de infecciones entre sus agentes a la vez que los agentes entrarán en contacto con ciudadanos mediante bloqueos de legalidad incierta.

La reanudación de bloqueos en las carreteras por parte de la Uniformada para poner en vigor la orden ejecutiva de encierro propende que los ciudadanos estén expuestos a una fuerza policiaca que, según un informe sometido ayer en el caso federal de la Reforma de la Policía, no tiene un sistema para desinfectar instalaciones donde han surgido casos positivos de miembros de la fuerza, no administra pruebas diagnósticas sistemáticamente a los agentes para detectar positivos proactivamente, y no le provee a los agentes equipo protector personal de manera regular y continua.

El informe del comisionado especial de la Reforma de la Policía, Alejandro del Carmen, fue sometido ayer y el juez federal Gustavo A. Gelpí estableció que el gobierno y el Departamento de Justicia federal tienen hasta hoy para opinar por qué sus recomendaciones no deben ser adoptadas de inmediato. Los hallazgos son resultado de inspecciones y entrevistas que incluyeron tanto a oficiales como a agentes de patrullaje.

Del Carmen indica que, al día de hoy, una sola doctora es la encargada de adjudicar, para toda la Uniformada, cuándo es que lugares como cuarteles se van a desinfectar, cuándo un agente tiene que someterse a cuarentena y cuándo un agente en cuarentena puede reintegrarse a labores activas. Esto ha llevado a determinaciones inconsistentes, como el cuartel de San Sebastián que, con ocho agentes positivos, nunca fue desinfectado.

“Todo el personal de la Policía (entrevistado) coincidió en que, apenas en semanas recientes, finalmente han recibido máscaras y desinfectante de manos, lo cual atribuyen a la cobertura de prensa reciente y a la publicidad que se le ha dado a la escasez de equipo de protección personal (en la Policía)”, consigna el documento.

Las deficiencias internas que la Policía sigue reflejando en cuanto a la prevención de la propagación del COVID-19 entre sus agentes se suman a dudas sobre la constitucionalidad del uso de los bloqueos para poner en vigor la orden ejecutiva de encierro mediante verificar que todos los pasajeros de un vehículo sean miembros de un solo núcleo familiar para dar multas de $100 si es que no lo son y no están usando mascarillas.

NotiCel cotejó la base de datos del Concilio Nacional de Legislaturas Estatales (NCSL, por sus siglas en inglés) y ningún estado parece tener en vigor bloqueos en las carreteras para verificar el uso de mascarillas. Los bloqueos vehiculares que se pudieron identificar, en Estados Unidos y en otras partes del mundo, se han usado para ejecutar restricciones de viajeros (lugares que no permiten visitantes de ciertos lugares), lo cual en Puerto Rico no se haría porque las fronteras son aéreas o marítimas y no terrestres, y también se han establecido puntos de cotejo vehicular para orientar al público y distribuir literatura o artículos que les pueden ayudar a mantenerse saludables durante la pandemia.

De hecho, la Orden General sobre bloqueos que la Policía puso en vigor tan reciente como el 9 de octubre de 2020, está orientada a bloqueos para detectar a conductores bajo estado de embriaguez o de uso de drogas, seguridad en la vía pública, detección de vehículos hurtados y verificación de vigencia de licencias. En ningún lugar de la orden hay alusión a bloqueos para propósito de poner en vigor una orden ejecutiva o el mandato de uso de mascarillas en público. Incluso, un requisito para que el bloqueo sea legal bajo la orden es escoger el lugar en que se va a hacer basado en estadísticas que indiquen que se trata de un área donde hay problemas de seguridad vial o accidentes.

Tanto el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, como el de Puerto Rico, han reiterado que los bloqueos de la Policía y la detención de los vehículos deben responder a sospechas que tenga el agente sobre la posibilidad de que se comete un delito y no a un propósito general de detectar actividad criminal. Por eso se supone que la Policía esté armada de datos que justifiquen el establecimiento de un bloque en un lugar particular y, al ejecutar el bloqueo, deben tener sospecha de la comisión de delito antes de detener el vehículo. No se supone que detengan el vehículo para entonces, a través del interrogatorio al conductor, desarrollar la sospecha que justifique su intervención.

Esto contrasta con las declaraciones del teniente Elvis Zeno, Comandante Auxiliar del Negociado de Patrullas de Carreteras, quien el lunes provocó el revuelo al anunciar que los bloqueos que la Uniformada había suspendido en marzo, cuando se declaró la emergencia por la pandemia, se reanudaban esta semana. “La prioridad es velar por el cumplimiento de la orden ejecutiva y todas las violaciones que identifiquemos”, dijo.

El comisionado de la Policía, Henry Escalera, se limitó a modificar el horario en que se realizarán (comenzando a las 6:00 pm en vez de a las 4:00 pm), pero prosiguió con el programa de tres bloqueos diarios en distintos puntos de la isla hasta el 31 de diciembre. Ni Escalera ni Zeno ofrecieron la data usada para establecer los lugares para los bloqueos.

Zeno modificó sus declaraciones originales sobre los propósitos del bloqueo para indicar que eran para detectar a conductores embriagados, vehículos hurtados y otras violaciones, pero “la orden ejecutiva es una razón adicional que tenemos”.

La Policía no ha divulgado a los ciudadanos qué protocolo van a seguir para la interacción con los ocupantes de los vehículos durante los bloqueos, qué medidas salubristas seguirán y cómo van a determinar si los ocupantes del vehículo son o no son de un mismo núcleo familiar habida cuenta de que los ciudadanos tienen un derecho a permanecer en silencio durante la intervención de la Policía como parte de su derecho constitucional a la no autoincriminación así como que tienen derecho a no consentir al registro del vehículo o de su persona.

Para ver el informe de Del Carmen, pulse aquí.

Para ver la orden general sobre bloqueos, pulse aquí.

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