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AGP deberá devolver hasta las propiedades adquiridas con donativos

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Tras el anuncio del gobernador Alejandro García Padilla de no aspirar a la reelección en el 2016, deberá disolver su comite de campaña y devolver casi todos los donativos políticos que ha recolectado.

La directora de Asuntos Legales de la Oficina del Contralor Electoral (OCE), Cristina Córdova Ponce, explicó a NotiCel que ‘el Gobernador deberá disolver su Comité de Campaña ante la OCE certificando que no recibirá más ingresos y no tendrá más gastos. Lo primero que se evalúa es si tiene cuentas por pagar, ya que un comité con deudas no puede ser disuelto. Una vez se salden las deudas, el dinero restante (que no fue gastado en la campaña) debe ser devuelto a los donantes, comenzando con el más reciente hasta el más antiguo, hasta que se acabe el dinero. La Oficina del Contralor Electoral evalúa la disolución e identifica los donantes a los que tiene que devolver. Se solicita al comité evidencia de esta devolución. Una vez el comité quede disuelto la obligación de rendir informes culmina’.

Se supo que el Primer Ejecutivo solo tiene registrado el Comité de Amigos de Alejandro García Padilla 2016.

En base al Artículo 5.004 de la ‘Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico’ (Ley 222 del 2011), García Padilla tendría que remitir al secretario del Departamento de Hacienda, Juan Zaragoza Gómez, los donativos anónimos de $200 o menos y las aportaciones de los donantes que no se puedan localizar para la devolución de su dinero. A su vez, Zaragoza Gómez, destinará estos recursos alFondo Especial de la Oficina del Contralor Electoral.

Por otra parte, Córdova Ponce agregó que, aparte de los donativos políticos, García Padilla deberá devolver las propiedades que se compraron con las aportaciones de los donantes.

La Ley 222, señala que las propiedades se tendrían que devolver a la OCEpara ser transferidas al Gobierno Central dentro de un plazo de 30 días. De incumplir con este requerimiento, el Primer Mandatario se expone a la imposición de una multa, cuyo monto seria del total del valor de las propiedades más el pago de intereses.

‘No obstante, la Oficina del Contralor Electoral o el Gobierno pueden optar por no recibir la propiedad devuelta si hacerlo resultaría en una carga negativa o pérdida para el erario’, detalla el estatuto.

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Declaración de Organización del Comité de García Padilla-NotiCel_16229

Solicitud de Disolución de Comité-NotiCel_16230

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