Última Hora

Supremo no interviene en pleito por reapertura de comedores escolares

0
Escuchar
Guardar
Supremo no interviene en pleito por reapertura de comedores escolares

El presupuesto de la nueva corporación de comedores escolares se nutriría del Fondo General, subvenciones federales, donativos e ingresos propios “a través de servicios complementarios, como consultorías en nutrición y programas educativos”. Archivo/NotiCel.

Lamentaron, además, que «el hambre continúe tocando las puertas de muchos hogares puertorriqueños».

Una mayoría de jueces del Tribunal Supremo de Puerto Rico, declaró «no ha lugar» a una solicitud de certificación intrajurisdiccional, la moción de orden provisional en auxilio de jurisdicción, la moción suplementando solicitud de auxilio de jurisdicción y la segunda moción suplementando auxilio de jurisdicción por parte de madres, padres y varias organizaciones sin fines de lucro que buscaban la reapertura de los comedores escolares por parte del Departamento de Educación.

“Atendidas la Solicitud de certificación intrajurisdiccional, la Moción de orden provisional en auxilio de jurisdicción, la Moción suplementando solicitud de auxilio de jurisdicción y la Segunda moción suplementando auxilio de jurisdicción que presentó la parte peticionaria, se declaran no ha lugar”, reza la resolución en la que el Juez Asociado, señor Edgardo Rivera García, emite un voto particular de conformidad al que se une el Juez Asociado, señor Rafael Martínez Torres, y la Jueza Asociada, señora Mildred Pabón Charneco.

El Juez Asociado, señor Ángel Colón Pérez, disiente y emite un voto particular disidente, al que se une la Jueza Asociada, señora Anabelle Rodríguez Rodríguez.

En cambio, la presidenta del Tribunal Supremo de Puerto Rico, Maite Oronoz Rodríguez disintió y expresó: “Este Tribunal tuvo ante sí la oportunidad de proveer certeza, sin más dilaciones, a unos sectores del País altamente desventajados en medio de una emergencia de salud pública sin precedentes. En concreto, pudimos haber decidido -de manera definitiva- si existe un deber gubernamental de proveer alimentos a los estudiantes de escuela pública y al resto de la población en necesidad en un estado de emergencia. Se trata de una controversia de la cual depende la supervivencia de sectores sumamente vulnerables en Puerto Rico, a saber: los menores de edad, las familias de bajos recursos y las personas que no han podido obtener los medios para su sustento por razón de las medidas impuestas para contrarrestar los efectos de la pandemia».

«En cumplimiento con el rol institucional de este Tribunal, nos correspondía utilizar los mecanismos a nuestro alcance para atender prioritariamente un asunto urgente y revestido de un altísimo interés público. Lo anterior, particularmente en vista de que en este caso están en juego las garantías mínimas de los menores de edad que hemos consagrado como parte del derecho constitucional a la vida», añadió.

«Los menores de edad en Puerto Rico tienen derecho a disfrutar del cuidado y protección del Estado cuando sus padres y familias no puedan hacerlo. Artículo 2 de la Carta de los Derechos del Niño, Ley Número 338-1998, 1 LPRA sec. 412. No obstante, esa garantía pierde efectividad y solidez si, ante situaciones como esta, no se actúa con la premura que requiere su consecución”, sostuvo.

“Nos resulta, pues, en extremo lamentable que una mayoría de este Tribunal haya permitido que pase un solo día más en el que el hambre continúe tocando las puertas de muchos hogares puertorriqueños, mientras los alimentos en manos del Estado continúan perdiéndose. Lo anterior no debe ser permitido, no al menos para el juez que suscribe. Se trata de una cuestión de humanidad. Procedía, pues, ordenar la apertura inmediata de todos los comedores escolares que — luego de un análisis adecuado de la población que se ha visto afectada en cada municipio — fuesen necesarios para alimentar a toda la población necesitada mientras durase el actual estado de emergencia provocado por el COVID-19. Lo anterior, claro está, a la luz de las reglamentaciones estatales y federales aplicables, y garantizando la salud y seguridad de los empleados y las empleadas que allí laboran.”, expresó, por su parte, el juez asociado Ángel Colón Pérez.

El 22 de mayo de 2020, el Tribunal de Primera Instancia emitió una sentencia en la que concluyó que el Departamento de Educación y el Gobierno de Puerto Rico tenían el deber ministerial de abrir los comedores escolares, no solamente para los estudiantes participantes del sistema de educación pública, sino para toda la población.

Inconforme, el 28 de mayo de 2020 el Departamento de Educación recurrió ante el Tribunal de Apelaciones mediante un recurso de apelación con el fin de que se revocara el dictamen del foro primario. Acompañó a su recurso una Moción urgente en auxilio de jurisdicción.

Así las cosas, el foro apelativo intermedio declaró no ha lugar la solicitud de paralización y concedió Un término a la parte peticionaria para que compareciera y se expresara sobre el recurso presentado en o antes del 23 de junio de 2020.

Tras una prórroga solicitada por la propia parte peticionaria, el Tribunal de Apelaciones le concedió hasta el 29 de junio de 2020 para presentar su alegato. Además, el foro apelativo intermedio aclaró que no podía continuarse ningún trámite en el Tribunal de Primera Instancia. El 29 de junio de 2020 la parte peticionaria presentó finalmente su alegato ante el foro apelativo intermedio.

No obstante, el 30 de junio de 2020 -treinta y dos días después de instarse el recurso de apelación y luego de culminar el plazo que por segunda ocasión otorgó el foro apelativo intermedio para que la parte peticionaria se expresara sobre la apelación y el recurso quedara perfeccionado- la parte peticionaria presentó ante el Tribunal Supremo una solicitud de Auto de certificación intrajurisdiccional y una Moción de orden provisional en auxilio de jurisdicción.

Comentarios {{ comments_count }}

Añadir comentario
{{ commentSize }}/500
{{ error }}
{{ article.author }}
Premium
{{ article.postedAt }}
Mostrar {{ article.child_count }} respuestas
{{ article.like_count }}
{{ commentSize }}/500
{{ error }}
{{ child.author }}
Premium
{{ child.postedAt }}

{{ child.content }}

{{ child.like_count }}
{{ error }}

Opinión y Comentarios

Lic Alexis Quiñones

Abogado

Adriana Sánchez

Derecho y deporte

Dra. Bárbara D. Barros

Salud Mental & Menopausia

Brian Díaz

Presidente & Fundador Pacifico Group

José Julio Aparicio

Política y derecho

Carlos Johnny Méndez Núñez

Presidente Cámara de Representantes

Dennis Dávila

Cine

Lic Eddie López Serrano

Abogado y analista político

González Pons MD

Médico radiólogo

Hon. Gabriel “Gaby” Hernández

Alcalde de Camuy y presidente de la Federación de Alcaldes

Heriberto N. Saurí

Salud y emergencias

Lic Jaime Sanabria

Profesor de derecho

Kiara Gerena

Energía Renovable

Laureano Giraldez MD

Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello

Moises Cortés

Consultor Financiero

Dra. Natalie Pérez Luna

Orlando Alomá

Gerente de Proyectos en un Startup

Oscar J. Serrano

Periodista Editor

Tomás Ramírez

Dr. Ronald Collazo Pagán

Ramón L. Rosario Cortés

Política y derecho

Thomas Rivera Schatz

Presidente del Senado de Puerto Rico

Víctor García San Inocencio

Política y justicia

Luisito Vigoreaux

Columnista Cultural y de Entretenimiento

William Maldonado

Economista y Estratega Financiero

Bienvenido a Noticel

Empieza a crear una cuenta

{{ errors.firstname }}
{{ errors.lastname }}
{{ errors.email }}
{{ errors.password }}

Debe tener al menos 8 caracteres de longitud.

Debe contener números y letras.

No puede comenzar ni terminar con un espacio
{{ errors.password_confirm }}
¿Ya tienes una cuenta? Acceso
Haz clic en "Comenzar" para aceptar los Términos de servicio de Noticel y reconocer que la Política de privacidad de Noticel se aplica a ti.

Verificación de cuenta

Te enviaremos un correo electrónico con un enlace para verificar tu cuenta. Si no lo ves, revisa tu carpeta de correo no deseado y confirma que tienes una cuenta vinculada a ese correo.

Has olvidado tu contraseña

Introduce el correo electrónico de tu cuenta y te enviaremos un enlace para restablecer la contraseña.

{{ errors.email }}

Has olvidado tu contraseña

Le hemos enviado un correo electrónico a {{ email }} con un enlace para restablecer su contraseña. Si no lo ve, revise su carpeta de correo no deseado y confírmeme que tiene una cuenta vinculada a ese correo electrónico.

Personaliza tu feed

Verifica que tu dirección de correo electrónico sea correcta. Una vez completado el cambio, utiliza este correo electrónico para iniciar sesión y administrar tu perfil.

Elige tus temas

Cancelar Actualizar
Perfil actualizado.
Eng

Categorías

El Tiempo

Opiniones

Última Hora

Vida y Bienestar

Videos y Fotos