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Tribunales

Desestiman demanda de legisladoras de Proyecto Dignidad sobre currículo de perspectiva de género

El juez determinó que las legisladoras no tienen legitimación activa para reclamar

En la foto: el Juez Anthony Cuevas Ramos.
Foto: Archivo/Juan R. Costa

El juez Anthony Cuevas Ramos desestimó la demanda incoada por las legisladoras del Proyecto Dignidad, Joanne Rodríguez Veve y Lisie Burgos Muñiz, para detener la implementación del currículo sobre la perspectiva de género en las escuelas, según ordenado mediante Orden Ejecutiva (OE) por el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia.

“El Tribunal declara Ha Lugar la Moción de desestimación presentada por el Gobierno. Se desestima la demanda presentada por ausencia de legitimación activa, ya que las Demandantes no han sufrido un daño claro y palpable ni un daño que afecte sus prerrogativas como legisladoras”, lee la sentencia.

“En lo específico, la doctrina de legitimación activa consiste en la regla o exigencia de que sólo puede recurrir a un Tribunal en busca de algún remedio legal aquel litigante que pueda demostrar que: (1) ha sufrido un daño claro y palpable; (2) que el referido daño es real, inmediato y preciso, no abstracto o hipotético; (3) que existe una conexión entre el daño sufrido y la causa de acción ejercitada; y (4) que la causa de acción surge al palio de la Constitución o de una ley”, establece la decisión del juez.

Lea también: El derecho y los hechos respaldan con contundencia la legitimación activa de las legisladoras de Proyecto Dignidad

El pasado 9 de abril, el juez celebró una vista argumentativa en la que la representación legal de las legisladoras, Carlos Padilla Vélez, insistió que el Gobernador no podía implementar un currículo sobre perspectiva de género por decreto, sin evaluación de la Asamblea Legislativa. Subrayó que, al hacerlo, violentaba la Ley 62 de 2017, que dispone un mecanismo para desarrollar un proyecto piloto de escuelas coeducativas dirigido a promover la equidad de género.

Cuevas Ramos planteó que el abogado interpretaba el concepto “proyecto piloto” de manera muy restrictiva, pues la Ley 62 tampoco especificó un máximo de escuelas que formarían parte de la prueba.

“Piloto es experimental como prueba, pero nada impide que como prueba el Gobernador lo implemente en todo Puerto Rico a ver qué sucede”, señaló Cuevas Ramos.

Lea más en: Juez resolverá por escrito demanda de Proyecto Dignidad para detener educación con perspectiva de género

Puede leer la sentencia aquí:

PDF: Sentencia del juez Anthony Cuevas sobre demanda de Proyecto Dignidad.pdf