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PPD y MVC validan determinación del Supremo sobre Comisión Estatal de Elecciones

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PPD y MVC validan determinación del Supremo sobre Comisión Estatal de Elecciones

14 de Julio de 2021 José Luis Dalmau Santiago, se reúne con el Consejo General del PPD

El Tribunal Supremo determinó que sería inconstitucional que ese foro designe al presidente y presidente alterno de la Comisión Estatal de Elecciones.

El presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago, dijo hoy que con la determinación del Tribunal Supremo que declara inconstitucional una disposición del código electoral “se reconoce la importancia de la separación de poderes y el valor de la Constitución del Estado Libre Asociado”.

“Desde el primer momento señalamos que la nominación y confirmación del presidente de la Comisión Estatal de Elecciones es un asunto que le compete al Ejecutivo la designación, con el consejo y consentimiento del Senado. Asimismo, demuestra la sabiduría de los delegados de la Asamblea Constituyente al diseñar la ley suprema del País con las salvaguardas suficientes que eviten la concentración del poder político en un solo lugar”, dijo Dalmau Santiago en declaraciones escritas.

“Ahora nos corresponde encaminar un proceso en el que logremos aprobar un Código Electoral justo y equitativo para todos. La determinación judicial en este caso es una victoria de la democracia puertorriqueña y de nuestra constitución”, afirmó.

Esta tarde, en opinión 5-3 y por voz del juez asociado Rafael Martínez Torres, el Tribunal Supremo determinó que sería inconstitucional que ese foro designe al presidente y presidente alterno de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), como lo dispone el nuevo Código Electoral.

Mientras, el excomisionado electoral del PPD, Gerardo «Toñito» Cruz, recordó que era innecesario trastocar el formato que desde 1981 se implementó en la CEE para el nombramiento de su presidente.

«Esa disposición del inciso (3), fue la versión final del Código, no sin antes haber sugerido otros formatos con idénticos resultados: poner en manos de una rama constitucional de gobierno el nombramiento de un funcionario de otra de las ramas de gobierno. La CEE, desde su concepción original, era un organismo muy particular (suis generis) en donde deben coincidir las voces de los partidos políticos que están representados allí para nombrar a sus principales funcionarios mediante consenso. Ese formato, se tiró por la borda con la aprobación del Código Electoral del 2020», indicó.

Lea más en: El MVC pide espacio en la controversia por la presidencia de la CEE

Por su parte, el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) también cantó victoria con la decisión del Supremo y advirtió que, tras la decisión, los líderes del PNP y el PPD deben sentarse a negociar “no solo un nuevo liderato en la CEE que responda a la nueva realidad electoral del país, sino un nuevo código electoral, libre de irregularidades y asuntos inconstitucionales”.

La comisionada electoral de MVC, Lillian Aponte, expresó que «en la primera evaluación sobre la constitucionalidad de una disposición del código electoral el TSPR concluyó que viola la constitución. Estamos convencidas de que muchas otras disposiciones del Código correrían la misma suerte de impugnarse. Pero eso es una faena cuesta arriba, lenta, costosa e innecesaria. Lo que hace falta es una reforma profunda y democrática del proceso electoral. En esa dirección le exigimos al liderato del PNP y del PPD que le den paso a ese proceso de reforma electoral. Es la forma democrática, pero además, la más sensata para corregir todas las deficiencias de ese código hecho a la medida del PNP y del bipartidismo tradicional».

Aponte también alegó que esto pudo haberse evitado si el proceso se hubiese llevado a cabo desde el principio de una manera transparente y abierta.

Lea también: Supremo está demandado, pero no comparece a pleito que decidirán ellos mismos sobre la CEE

También: Dalmau demanda para impugnar intervención del Supremo en selección del presidente de la CEE

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