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Desestiman uno de los casos de Guánica, queda pendiente demanda

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Queda vivo el pleito radicado el lunes contra la CEE por supuesto conteo doble de votos.

El juez Anthony Cuevas Ramos desestimó el martes, una revisión sometida por el candidato a la alcaldía de Guánica por nominación directa, Edgardo Cruz Vélez, para que se añadan 22 votos lo que creyó le daba la victoria en esa contienda electoral.

“Conforme la prueba presentada en las mociones de ambas partes, no existen papeletas sin adjudicar. De estos anejos surge el tracto necesario que establece la ruta tomada por las 22 papeletas hasta su destino final en la Junta Administrativa de Voto Ausente y Voto Adelantado (JAVAA) y se establece que estas fueron adjudicadas. A esos efectos, entre los documentos anejados por las partes, se anejó la Certificación del 11 de enero de 2021, la cual establece claramente que las 22 papeletas del precinto 048, fueron adjudicadas de acuerdo a las normas de adjudicación. Estas fueron referidas por el Director del Escrutinio de la unidad 75 a la JAVAA. Este hecho, le fue informado al peticionario a través de la Resolución Número CEE-AC-20-577, emitida de forma unánime por los comisionados electorales y que éste procura impugnar”, indica el juez.

“Ante la ausencia de alguna actuación irrazonable, ilegal, arbitraria o que lacere derechos constitucionales de alguna parte, este tribunal está imposibilitado de imponer su criterio ni pasar juicio sobre la sabiduría de la determinación del Presidente de la CEE. No podemos olvidar que existe una presunción de regularidad y corrección a favor de las decisiones administrativas y le corresponde a la parte que las impugne, el deber de presentar ante el foro judicial la evidencia necesaria que permita, como cuestión de derecho, descartar esa presunción de corrección de la determinación administrativa”, añade.

La determinación de hoy es en un caso separado a la demanda que radicó ayer el alcalde juramentado de Guánica, Ismael Rodríguez, para que el tribunal dictamine que la CEE no cumplió el mandato del Tribunal Supremo sobre cómo contar las papeletas y que se duplicó ilegalmente el conteo de las mismas.

El 5 de enero de 2021, el peticionario Edgardo Cruz Vélez, candidato a la alcaldía de Guánica bajo la modalidad de nominación directa o “write in”, presentó, al amparo del artículo 13.2 de la Ley 58-2020 conocida como el Código Electoral de Puerto Rico de 2020, el Recurso de revisión judicial contra la Resolución CEE-AC-20-577. Cruz Vélez expuso que faltan votos por adjudicársele, específicamente la cantidad de 22 votos, relacionados a la controversia por las papeletas del Colegio 12, Unidad 1, así como otras papeletas las cuales han sido detectadas como no contabilizadas y adjudicadas a Cruz Vélez. Solicitó la revocación de la resolución, dejándola sin efecto, que se ordene la adjudicación de las 22 papeletas de la Unidad 12, Colegio 1, con el nombre de Edgardo Cruz Vélez o, cualquiera de sus variantes, en el recuento para el precinto 048 Guánica y que el tribunal emita la Orden dirigida a la Comisión Estatal de Elecciones para que proceda a certificar al peticionario como alcalde del municipio de Guánica.

Vea:

Demandan a la CEE por ponerse a “pescar votos” para Cruz Vélez en Guánica

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