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Tribunales

Gobernadora hace representación engañosa de la sentencia en caso ACLU

El juez de Primera Instancia, Anthony Cuevas Ramos, desestimó la demanda por entender que los demandantes no tienen legitimación activa.

El juez Anthony Cuevas Ramos.
Foto: Juan R. Costa

La gobernadora Wanda Vázquez Garced hizo una representación engañosa sobre la determinación del Tribunal de Primera Instancia en torno a la demanda que le presentó el fin de semana pasado la American Civil Liberties Union (ACLU) que impugnaba disposiciones de la Orden Ejecutiva de toque de queda.

Desde que comenzó el periodo de encierro y toque de queda por virtud de la primera Orden Ejecutiva al respecto el 15 de marzo pasado, han ocurrido dos expresiones de la judicatura de Puerto Rico con relación a la orden gubernamental de que los ciudadanos se queden en sus casas y los negocios operen limitadamente como medida para controlar el contagio con el COVID-19.

La primera la ofreció el mismo día después, el 16 de marzo, el juez asociado del Tribunal Supremo quien, en una resolución de ese foro sobre el manejo de términos de los casos por el cierre de los tribunales, dijo que “[E]sto (la extensión de los términos) no significa mi anuencia a una Orden Ejecutiva imprecisa que puede adolecer de problemas constitucionales de ambigüedad y sobreextensión”.

El juez hizo la expresión sin tener ante sí un caso relacionado con la orden, por tanto, se trata de un comentario individual y no de una postura formal del Alto Foro.

Vea: Juez del Supremo critica la orden de toque de queda

La segunda ocasión de expresión judicial ocurrió ayer, cuando el juez de Primera Instancia, Anthony Cuevas Ramos, desestimó la demanda que presentó la ACLU el sábado, 4 de abril.

El juez no entró en los méritos de las alegaciones, no resolvió jurídicamente ninguna de las alegaciones de los demandados y, en vez, lo que determinó es que el pleito no podía proceder porque él no se había convencido de que los demandantes tenían capacidad legal para presentar el pleito ya que los demandantes no habían sido objeto de una pena o una denuncia por desobedecer la orden y lo que presentaban era circunstancias personales que se afectaban por las disposiciones de la orden.

El razonamiento del juez, aunque se puede debatir en derecho, no es una determinación sobre si la orden ejecutiva tiene méritos o no.

De hecho, el mismo juez dijo en la sentencia que su decisión en el caso de la ACLU “no significa que el poder del gobernante, a la hora de emitir una Orden Ejecutiva en medio de una emergencia nacional, esté exento del escrutinio judicial”.

“Debemos enfatizar que la conclusión a la cual llegamos en estos momentos no significa que una persona con legitimación activa para hacer los cuestionamientos incluídos en la demanda pueda proceder a que estos se discutan en sus méritos”, añadió para mayor claridad.

A pesar de esta expresión, Vázquez Garced, quien en Twitter se describe como “Fiscal, Procuradora de las Mujeres, Secretaria de Justicia y actual Gobernadora de Puerto Rico”, dijo anoche en esa misma red social que la decisión de Cuevas validó el toque de queda, el encierro de la población y la limitación de la actividad comercial.

“El honorable Tribunal ha validado la medida impuesta por el Estado para proteger a nuestra gente. Las recientes OE tienen el único propósito de velar por la seguridad y la salud de todos. No hay duda de que quedarnos en nuestras casas es el mejor arma contra el COVID-19”, dijo la Primera Ejecutiva.

La Gobernadora, por otro lado, no se ha expresado públicamente y directamente sobre las expresiones del juez Martínez Torres.

Para ver la sentencia del juez Cuevas en el caso de la ACLU, pulse aquí.

PDF: Sentencia en caso ACLU v Wanda Vázquez Garced por orden ejecutiva de toque de queda 7 de abril 2020
Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.