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Tribunales

Rosselló recibe auxilio de un tribunal al que nunca acudió y por súplicas de un abogado que no lo representa

Detractores señalan que Rosselló es un ciudadano privado que se está beneficiando de los fondos públicos para agenciarse su elección por nominación directa a la Delegación Congresional.

El exsecretario de Asuntos Públicos, Ramón Rosario Cortés.
Foto: Archivo/Juan R. Costa

La determinación emitida ayer por el Tribunal de Apelaciones para que la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) pueda proseguir con el proceso de certificación de la elección del exgobernador Ricardo Rosselló Nevares como delegado congresional no pone punto final a la controversia, que todavía puede tener repercusiones en el ámbito electoral y otros.

Así está planteado en los escritos sometidos a la consideración del foro apelativo y en expresiones que hizo el comisionado electoral de Proyecto Dignidad (PD), Nelson Rosario Rodríguez, tras conocerse la determinación preliminar de los jueces apelativos de permitir la certificación de Rosselló Nevares.

Rosario Rodríguez indicó a NotiCel que todavía el exgobernador tiene documentos que no ha sometido y que, luego de someterlos, el secretario de la CEE tiene que evaluarlos para hacer una afirmación oficial de que cumplió con los requisitos. Este acto implica otra instancia en la que se adjudicarían la controversias que están al fondo del caso, a saber, si al delegado electo por nominación directa le aplican los mismos requisitos de los que optaron por someterse al proceso de cualificación previa para poder estar en la papeleta y si Rosselló Nevares es residente de Puerto Rico o Washington DC, los únicos dos lugares que la Ley 167 admite como residencia para los que quisieran ser delegados. la Ley 167 creó la delegación y dispuso sobre la elección y los requisitos de sus miembros.

De ocurrir la certificación y juramentación al cargo sin que el apelativo haya resuelto de manera final, entonces se puede crear una nueva controversia. Esto porque, si el apelativo opina igual que la jueza Rebecca de León Ríos sobre que Rosselló Nevares no cumple, sería necesaria una nueva elección para llenar la cuarta posición en la delegación congresional a la Cámara de Representantes que quedaría vacante. Teóricamente, en una nueva elección, si el exgobernador es electo, volvería a provocar un proceso de evaluación sobre si cumple o no.

La decisión preliminar del Apelativo de permitir que siga la certificación en lo que deciden el caso crea entonces más posibilidades de complicaciones legales que lo que hubiera sucedido de mantener la certificación congelada, según los escritos de los comisionados electorales de los partidos Popular Democrático (PPD) e Independentista Puertorriqueño (PIP) quienes, como parte interesada plantean lo mismo que plantea el comisionado del PD sobre que Rosselló Nevares no cumple con la ley.

El caso se basa en una querella que Rosario Rodríguez sometió como comisionado contra Rosselló Nevares como candidato, por lo que las únicas dos partes enfrentadas son el PD como partido y el candidato como individuo privado. Pero el Partido Nuevo Progresista (PNP), como “parte interesada” a través de su comisionada electoral Vanessa Santo Domingo, asumió el protagonismo de la defensa de la posición del exgobernador desde la vista evidenciaria ante la jueza De León Ríos cuando introdujo como abogado al exsecretario de Asuntos Públicos de Rosselló Nevares, Ramón Rosario Cortés.

El giro quedó más oficialmente expuesto cuando el PNP es el que recurre al Apelativo y pide los remedios, mientras que Rosselló Nevares nunca sometió un escrito al Apelativo, optando por recurrir directamente al Tribunal Supremo, a través de su abogada, Roxanna Soto Aguilú, para pedirle intervención inmediata, lo que hasta el martes en la noche el Supremo no había contestado.

En su escrito al Apelativo, Rosario Rodríguez enfocó en esto.

“Al presentar la apelación de autos (la comisionada del PNP) está utilizando su posición como funcionaria pública para adelantar la aspiración a delegado del ciudadano privado Ricardo A. Rosselló. Esa actuación de la (comisionada) directamente perjudica al joven que llegó en quinto lugar (Adriel Jared Vélez Torres), que sería la persona que ocuparía el puesto de Rosselló Nevares una vez sea final y firme (la sentencia de incumplimiento con la ley); o a los posteriores, de no interesarle a él el puesto”, expuso.

Insistió en que la comisionada del PNP estaba usando los fondos públicos de su oficina en beneficio de los intereses de una persona privada, lo que es delito, que estaba planteando argumentos que a ella no le perjudicaban y que quien tenía que plantearlos es el exgobernador por lo que, para todos los efectos, estaba pidiendo al tribunal una opinión consultiva impermisible.

Sobre las alegaciones de error que la comisionada del PNP le imputó a la jueza De León Ríos, el comisionado de PD recordó que los tribunales revisores tienen que ser deferentes a la apreciación de la prueba que hizo el juez que la escuchó y, en este caso, la jueza hizo una determinación de que el testimonio de Rosselló Nevares fue “evasivo, vacilante y mendaz”. El PNP, según Rosario Rodríguez, no planteó al apelativo que hubiera mediado “pasión, prejuicio, error manifiesto o parcialidad”, que son los elementos que podrían invalidar la apreciación de la prueba que hizo la jueza.

En su escrito, el comisionado del PIP, Roberto Iván Aponte Berríos, resaltó que no había urgencia con la certificación del exgobernador porque ya la delegación tiene a miembros juramentados y que incluso a una, Zoraida Buxó, se le permitió juramentar después de la fecha mandatada en ley, 1 de julio, porque no estaba disponible. Añadió que el argumento de Rosselló Nevares, sobre que no le aplican las reglas de los candidatos que aparecen en la papeleta por ser electo por nominación directa es lo mismo que “unas leyes les aplican a los ciudadanos comunes y otras le aplican a él”.

“No puede ser que todo ciudadano que tenga una aspiración a un cargo público electivo y así lo manifieste con toda fuerza, pasión y haciendo incluso actos afirmativos hacia ese fin, pretende -por noble sean sus intenciones- que tal acción le conceda el derecho de recibir los beneficios que recibe un candidato formal. Tal pretensión ciertamente sería una burla a todos aquellos que, sosteniéndose a un proceso y escrutinio, les fue concedida por el organismo establecido por el Legislador, la certificación que acredita tal esfuerzo”, recordó el comisionado electoral del PPD, Gerardo A. Cruz Maldonado, al traer una cita del Tribunal Supremo sobre las elecciones por nominación directa en un caso relacionado con el exrepresentante PNP, José Luis Rivera Guerra.

Enfatizó el PPD en que este caso no se trata del mecanismo que se usó para elegir a Rosselló Nevares sino si, directamente, el exgobernador cumplía o no cumplía con los requisitos en ley para el cargo. Decidir como el PNP pide que se decida, añadió, implicaría que Rita Moreno puede ser electa gobernadora por nominación directa y ejercer meramente alquilando una casa en Puerto Rico el día de Año Nuevo en que comienza su cuatrienio, o que los muertos pueden ser electores “activos y hábiles”, siempre y cuando no los hayan recusado.

Por otro lado, el escrito del PNP pidiendo la revocación de la jueza De León Ríos se basa en la idea de que, siendo una elección por nominación directa, hay una “laguna” en el proceso electoral y que se tiene que “favorecer la voluntad del voto”. Una de las formas en que proponen llenar la “laguna” es, por ejemplo, que cuando la Ley 167 dice que “cualquier persona” puede ser descalificada por el tribunal, no se puede pensar que “persona” incluye a “funcionarios electos para los cuales el legislador no estableció dichos requisitos (de candidatos)”. Según el PNP, Rosselló Nevares no es ni “cualquier persona” ni “un ‘aspirante’ o ‘candidato’ que pueda ser descalificado”.

“[L]a juez Rebecca de León Ríos, desde el estrado, cercenó la democracia expresada democráticamente por el Pueblo al eliminar al delegado escogido directamente por el soberano”, afirmó el PNP a través de Rosario Cortés quien fue uno de los participantes del chat de Telegram cuya revelación pública desembocó en la renuncia de Rosselló Nevares a la gobernación y su mudanza a Virginia en 2019, desde cuando no ha vuelto a la isla porque dice estar amenazado de muerte.

Vea:

Ordenan descalificación de Rosselló porque no cumplía con la ley, su elección fue nula

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.