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Tribunales

Con las SanSe a la vuelta de la esquina, juez federal lee la cartilla a MSJ

Orden de juez federal tacha ordenanza municipal.

Al aprobar una ordenanza municipal para las Fiestas de la Calle San Sebastián limitando la expresión comercial -protegida por la Constitución federal- el municipio de San Juan violó principios que protegen el derecho de los comerciantes. El señalamiento proviene de una orden escrita por el juez federal Pedro Delgado recientemente en el caso que radicó en enero de este año la empresa Pan American Properties Corp contra el ayuntamiento.

Ese caso fue resuelto por Delgado en medio de la celebración de las tradicionales fiestas a favor de la empresa, que reclamó -entre otras cosas- mantener inflables promocionales en la isleta de San Juan, distribuir material promocional, colgar carteles promocionales en los balcones y cristales de negocios, y volar un aparato no tripulado o 'drone'.

La controversia remonta a la ordenanza que reguló las pasadas Fiestas de la Calle San Sebastián que prohibió -bajo amenaza de multa- las actividades que reclamó Pan American, sujeto a la autorización de la Oficina de Permisos del municipio. Según se desprendió de las vistas en el Tribunal federal en Hato Rey, la empresa intentó obtener dichos permisos ante la entidad municipal pero fueron denegados por aparente falta de especificidad en cuánto a los lugares de promoción.

Tras escuchar ambas partes, el juez Delgado permitió la ubicación de inflables en Bahía Urbana y Puerta de Tierra mas no en el Viejo San Juan, la Puntilla y la Perla, a pesar que la ordenanza aplicaba a toda la isleta de San Juan. Permitió la distribución de productos promocionales a la cesión o alquiler de balcones manteniendo la prohibición de lanzar productos desde otros pisos y avaló la colocación de pasquines temporeros en espacios públicos y comparsas corporativas.

Delgado señaló la ordenanza por carecer de sustancia y contexto en algunas secciones y por impulsar restricciones que no adelantan los intereses de la capital por su amplitud.

Con la prohibición de inflables, por ejemplo, aunque el municipio argumentó que estos artefactos pueden distraer conductores y ocupar espacio en el casco urbano, no pudieron llevar los argumentos a la totalidad de la isleta.

Sobre la distribución de productos promocionales, el municipio demostró interes sustancial en limitar su despliegue por motivos de limpieza y seguridad peatonal. Sin embargo, aunque la Oficina de Permisos estaba en posición de evaluar y aprobar permisos para autorizar el despliegue de productos, no existió un criterio definido para el despliegue de ciertos productos, efectivamente restringiendo la libertad de expresión de Pan American.

La orden de Delgado reconoce tambien el interes sustancial del municipio al prohibir el uso de balcones para propósitos promocionales, pero indica que la propia orden se derrota cuando autoriza el uso certificado por el ayuntamiento y el Cuerpo de Bomberos. De esta manera, San Juan fue muy amplio al aplicar la regulación sin incluir criterios más allá de las condiciones estructurales.

En cuanto a la colocación de promociones en la fachada de edificios y espacios públicos, durante la vista el municipio estableció que ya cuenta con una regulación conjunta con el Gobierno central que regula este tipo de promoción. Dicha regulación dispone que todo letrero temporero debe removerse dentro cinco días de finalizar la actividad promocionada, detalle que la ordenanza omite para dar paso a una prohibición amplia y sujeta a la autorización de la Oficina de Permisos, que a su vez carece de criterios para determinar excepciones.

Finalmente, sobre las comparsas comerciales, Delgado señaló que en la medida que el municipio no ponga restricciones a las comparsas no comerciales sin explicar el trato distinto, y sin un criterio definido para ordenar la autorización, la prohibición cae dentro el ámbito de la inconstitucionalidad.

Sobre las restricciones al uso de 'drones', durante la vista Pan American había demostrado que contaba con un piloto certificado por la Agencia de Aviación Federal (FAA por sus siglas en ingles), quien sería contratado para fotografiar las festividades a gran altura.

Municipio asegura hizo ajustes

A consecuencia de la decisión que emitió Delgado temprano en 2018, la ordenanza municipal que regula la próxima edición de las Fiestas de la Calle San Sebastián 2019 altera el lenguaje en los puntos en controversia levantados por Pan American. Al mismo tiempo, la ordenanza agrega una sección que sirve como guía para la evaluación y otorgamiento de permisos de índole comercial.

Según el presidente de la Legislatura Municipal de San Juan, Marco Rigau, el objetivo con esta ordenanza no es solo atemperar su lenguaje con lo que ordenó el Juez, sino organizar los componentes municipales para tramitar efectivamente los permisos solicitados por potenciales promotores.

'Nosotros lo que hicimos en esta ordenanza, tanto la Legislatura municipal como la alcaldesa, es establecer un procedimiento mediante el cual toda persona que interese ser auspiciador puede solicitar y la oficina de permiso tiene un tiempo para contestar su petición. Que no se puede quedar la petición sin contestar', indicó Rigau a NotiCel.

En esa línea, la guía de la última sección de la nueva ordenanza municipal establece que la Oficina de Permisos tendrá un plazo de 10 días para contestar toda solicitud.

'En la ordenanza del año pasado no había una disposición de que el municipio tenía la responsabilidad de contestar a los que no se le aceptaba. Aquí toda persona que solicite ser auspiciador tiene derecho que el municipio conteste si el auspicio es aceptado o no aceptado', aseguró el legislador municipal.

Rigau reconoció además que no será necesario apelar la decisión de Delgado pero sería la alcaldesa de San Juan, Carmen Yulín Cruz Soto, quien tendría la última palabra.

Vea aquí la orden del juez Delgado:

Celebración el viernes de las Fiestas de la Calle San Sebastián. (Cristina Martínez Mattei para NotiCel)

Foto: