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Tribunales

Mientras Sol y Playa se enreda en el tribunal, planifican orden para volver a levantar verja en la playa

Juez pospone vista hasta el 13 de septiembre, mientras la Junta de Planificación debe presentar una demanda enmendada para incluir a la Junta del Condominio Sol y Playa.

Condominio Sol y Playa en Rincón.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

A lo largo de todo el historial administrativo de permisos relacionados a las facilidades recreativas que el Condominio Sol y Playa construyó en un momento, y ahora quiere reconstruir, la entidad que aparece como “dueña” de las obras es Sol y Playa Corp., pero, en un documento presentado esta semana, el secretario de la Junta de Directores del inmueble admite que esa entidad no existe desde 2014.

La admisión otorga nuevas razones para anular el permiso con el que el condominio quiere proseguir las obras en la Playa Almendros de Rincón que en las últimas semanas han provocado protestas ciudadanas intensas, confrontación con la Policía, investigación federal por posibles violaciones a la Ley de Vida Silvestre, una auditoría y una demanda de la Junta de Planificación (JP) y una orden de cese y desista que el juez superior Abid Eriel Quiñones Portalatín ordenó ayer mantener vigente hasta que emita su decisión en la demanda de la JP.

Norman Irizarry Díaz, secretario de la Junta del condominio, sometió su escrito para pedirle al tribunal que desestime la demanda o que le ordenar a la JP incluir al Consejo de Titulares como “personas con legítimo derecho a participar”.

El secretario de la Junta del condominio dice que “no es oficial, agente o agente residente, ni representa, ni ha representado al Desarrollador Sol y Playa, Corp”. “Por lo que el diligenciamiento de la orden no fue en una persona apta para representar a Sol y Playa, Corp. Por ello, el tribunal no ha adquirido jurisdicción sobre la parte compareciente al no ser una persona con capacidad para representar a dicha corporación”, añadió al señalar el supuesto error en el emplazamiento que le hizo la JP por la demanda.

Estas afirmaciones contrastan con que todos los documentos oficiales que la JP presentó como anejos a su demanda en los que el condominio promueve las acciones de las agencias reguladoras, aparecen Sol y Playa Corp., o el propio Irizarry Díaz, como los dueños de las obras. Incluso, hasta en recibos de pago que el Municipio de Rincón le emitió este mismo año, cuando se cumplen ya siete años de la cancelación de la corporación Sol y Playa Corp.

Esto provocó una moción de la JP en la que reclaman al tribunal la revocación “automática” del permiso de construcción. “Esta admisión por parte del Sr. Irizarry Díaz por sí sola acarrearía la revocación del Permiso sin más, ya que dicha solicitud fue presentada con información falsa y por una entidad sin capacidad para ser dueña del proyecto”, dijo la JP al resaltar que la corporación Sol y Playa Corp. no existía cuando ese nombre se usó para solicitar el permiso de construcción de unas obras que no se limita solo a una piscina, como se discute generalmente, sino que abarca “una nueva piscina, jacuzzi, baños, gazebos, reparación de aceras existentes [y] construcción de nuevas aceras en un área actualmente ocupado por las facilidades recreativas del condominio”, según la demanda.

En la vista, el juez no accedió a esta revocación automática, pero ordenó a la JP a enmendar la demanda para incluir a la Junta de Directores del condominio, lo cual es el curso legal que tiene para asegurarse que, cualquiera sea su determinación, recaiga sobre la parte que, en efecto, es responsable de las obras.

Mientras esto ocurría en el tribunal, circuló un borrador de acuerdo entre el Municipio de Rincón, el Condominio Sol y Playa y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) con “medidas cautelares” que estarían vigentes mientras el DRNA resuelve la controversia pendiente por el impacto de las obras en la vida silvestre y especies protegidas.

Las medidas incluyen construir una verja no permanente que debe estar alrededor de la verja semiconstruida con la que el condominio demarca el área de construcción en la playa (y que algunos manifestantes derribaron parcialmente) con el supuesto propósito de proteger el anidaje de tortugas. Además, “[l]as agencias de ley y orden, el Municipio Autónomo de Rincón y el Cuerpo de Vigilantes del DRNA velarán que las medidas cautelares ordenadas puedan llevarse a cabo y no sea removida la verja que protegerá de manera provisional la especie”.

Se abarca también lo que tiene que ver con las manifestaciones del público en el área de la playa, la cual se reconoce como un Bien de Dominio Público Marítimo Terrestre. “Las actividades deberán llevarse a cabo de día y de forma ordenada. Cualquier persona que esté en el lugar de noche, deberá estar a oscuras o utilizar luces rojas para que no afecten las tortugas que allí anidan. El DRNA reconoce que La Playa Los Almendros no es un área natural apta ni designada por ellos para la instalación de casetas de campaña”, indica, a la vez que afirma que “el derecho de los manifestantes no debe menoscabar el derecho a la intimidad e integridad de los residentes del Condominio”.

Para el exvicepresidente de la JP, Pedro Cardona Roig, las medidas que contiene el documento parecen haber sido redactadas por el condominio, en protección primordial de sus intereses. Resaltó la “insistencia en construir una verja” para proteger a las tortugas, como si las tortugas pudieran “volar” y el que se ponga a recursos públicos como son la policía municipal y los vigilantes del DRNA a hacer el trabajo de seguridad. “El municipio de Rincón va a poner policías allí y son los policías de Rincón los que se enfrentarían a la gente de Rincón (en las protestas)”, subrayó.

Igual que lo hizo en el proceso administrativo pendiente ante el DRNA, el municipio, representado por el licenciado Pedro Ortiz Álvarez, logró la intervención en la demanda de la JP y presentaron una moción en oposición al permiso de construcción. De otro lado, el tribunal no permitió la intervención, o la comparecencia como amigos de la corte, del licenciado José G. Barea Fernández, quien es querellante en el caso pendiente ante el DRNA, ni de los grupos Amigxs del M.A.R. Inc. y El puente de Williamsburg, Inc. En una moción, estos últimos destacan que el permiso debe ser anulado, y las obras demolidas, porque, además de las razones que presenta la JP en su demanda, “[l]as aquí comparecientes, ni el público en general fueron notificados del trámite seguido en la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) al respecto de la Certificación de Cumplimiento Ambiental por vía de Exclusión Categórica… El trámite al respecto de la Certificación de Exclusión Categórica fue gestionada en esencia secretamente, y sin aviso o notificación incluyendo a las aquí comparecientes (ni al público)”.

Vea: Señalan vista judicial para revocación de permiso de Sol y Playa

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.