Log In


Reset Password
SAN JUAN WEATHER
Tribunales

Jueza decide Wanda Vázquez no difamó a exsubsecretaria de la Gobernación

La exfuncionaria de la Administración Rosselló Nevares, Itza García, presentó la demanda por expresiones que la exgobernadora hizo siendo Secretaria de Justicia.

La exgobernadora Wanda Vázquez Garced.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

Como Secretaria de Justicia, la exgobernadora Wanda Vázquez Garced no difamó ni procesó maliciosamente a la exsubsecretaria de la Gobernación, Itza García Rodríguez, cuando la refirió a la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente (OPFEI), como parte de la pesquisa conocida como "WhatsApp Gate".

Esa investigación surgió tras la primera, de varias revelaciones que hubo durante la Administración Rosselló Nevares, de aplicaciones de mensajería de texto. En el 2019, una divulgación de un chat en la aplicación Telegram en la que el exgobernador y su círculo íntimo de gobierno diario insultaba a distintos grupos sociales desembocó en su renuncia.

Pero en el caso de la filtración del chat de WhatsApp se trató de la divulgación de mensajes de dos grupos de trabajo de la campaña a la elección de Ricardo Rosselló Nevares. En uno de ellos participó Rafael Ramos Sáenz quien, a la vez, era un juez superior activo que tuvo ante sí controversias electorales relativas a Rosselló Nevares, que las decidió a su favor y que después buscó posiciones en esa administración, consiguiendo que se le designada presidente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE). Posteriormente, fue expulsado de la judicatura, sancionado éticamente y se declaró culpable a nivel criminal.

Pero antes de que ocurriera eso, ocurrió que Nayda Betancourt acudió a La Fortaleza en abril de 2018 a quejarse de que, como jefa de Justicia, Vázquez Garced estaba interviniendo indebidamente en el procesamiento contra su hijo, uno de dos jóvenes acusados de cometer un escalamiento y robo en una residencia en la que pernoctaba una de las hijas de Vázquez Garced junto a su novio, un contratista de Justicia bajo la supervisión de Vázquez Garced. Esa intervención, que NotiCel reveló en primicia y que está respaldada con declaraciones juradas de personal del departamento, fue luego suficiente para que a la propia Vázquez Garced se le presentaran cargos criminales por parte de la OPFEI, pero éstos no prosperaron.

La queja de Betancourt siguió los canales hasta que llegó a manos de García Rodríguez y del entonces asesor legal de la Mansión Ejecutiva, Alfonso Orona. Semanas después, en mayo, después de que Vázquez Garced se enterara de la existencia de la queja, dijo en conferencia de prensa que la exsubsecretaria había intentado obstruir la investigación y la refirió para procesamiento criminal.

La exsubsecretaria de la Gobernación, Itza García Rodríguez.
Foto: Nahira Montcourt

En su demanda, la también expresidenta del Plan para Puerto Rico (plataforma política del exgobernador Rosselló Nevares) reclamó a través del licenciado Jesús Roberto Ramos Puca una compensación de $5 millones y una “rectificación pública” de parte de Vázquez Garced. Sostenía que fue difamada y procesada maliciosamente cuando la exsecretaria la refirió a la OPFEI y cuando la acusó en la conferencia de haber intentado intimidarla y de no cooperar con la investigación del "WhatsApp Gate".

Un informe de la OPFEI reveló luego que nunca hubo evidencia referida contra García Rodríguez y que la exsecretaria había comunicado a su equipo que iba a hacer las expresiones contra esta apenas unos minutos antes de la conferencia.

En su sentencia del 29 de octubre, la jueza superior Aileen Navas Auger concluyó que la desestimación de la demanda procedía de plano, sin mayor descubrimiento de prueba o vistas evidenciarias, porque la Ley de Reclamaciones y Demandas contra el Estado prohíbe reclamaciones por difamación o persecución maliciosa.

Abundó que en la conferencia de prensa no hubo difamación porque a García Rodríguez no se le imputó delito. "Es decir, la Secretaria de Justicia en ese momento anunció la posibilidad —y no la certeza— de que la demandante actuó conforme a conducta tipificada como delito", dijo la jueza.

Al subrayar que la exsubsecretaria de la Gobernación era también, en ese momento, una figura pública, Navas Auger expuso que "es razonable el que una Secretaria de Justica le comunique a la ciudadanía los hallazgos de una investigación preliminar de donde surge que un funcionario/a público —el Sr. Ramos Sáez (sic)— pudo haber cometido actos de corrupción gubernamental y que existe la posibilidad de que otros funcionarios/as públicos también hayan infringido la ley, entre ellos, la demandante" y que, como lo que Justicia tiene en esa etapa es un informe investigativo preliminar, no cabe imputarle a la exgobernadora que sus comentarios fueran hechos con "malicia o a sabiendas de su falsedad".

Añadió que, como a García Rodríguez nunca se le presentaron cargos, "alega actos de persecución en el sentido literal —y no legal— de la palabra", por lo que no se configura la base para demandar por persecución maliciosa.

Para ver la sentencia, pulse aquí.

PDF: Sentencia en demanda por difamación Itza García v. Wanda Vázquez

Vea:

Reveladas las imputaciones contra Wanda Vázquez por supuesta difamación y persecución maliciosa

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.