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Tribunales

No culpable voleibolista por la muerte de su hija adoptiva

La jueza María Isabel Negrón García, del Tribunal de Mayagüez, emitió su fallo hoy.

Kim Willoughby (izquierda) llega al tribunal de Mayagüez acompañada por su abogado Harry Padilla.
Foto: Lester Jiménez

La voleibolista estadounidense Kim Willoughby fue declarada no culpable por la muerte de su hija adoptiva de tres años, en hechos ocurridos el 2 de marzo del 2016 en Mayagüez.

La jueza María Isabel Negrón García, del Tribunal de Mayagüez, emitió el fallo hoy, luego de escuchar ayer, lunes, las argumentaciones finales de las partes.

“El tribunal ha evaluado la prueba documental y la prueba testifical y analizada la misma, el Tribunal encuentra a la señora Kim Willoughby no culpable en ambos cargos”, dijo Negrón García.

Tan pronto se escuchó el fallo, la acusada, quien seguía las incidencias a través de un intérprete, se abrazó a su abogado Harry Padilla y comenzó a llorar.

La fiscal Yanitza Negrón Rosado, junto al fiscal Esteban Miranda, solicitaron inmediatamente una reconsideración a la jueza por un delito menor incluido, homicidio negligente, pero Negrón García se sostuvo en su determinación de no culpabilidad.

Willoughby, visiblemente emocionada, no hizo comentarios a su salida de sala.

“Ella ha sufrido mucho. Lleva cuatro años en este trauma. Ha estado con grillete”, dijo Padilla, quien tuvo a cargo su defensa junto a la licenciada Debbie Pancorbo.

Willoughby estaba acusada por violaciones al artículo 93 del Código Penal (asesinato en primer grado) y al artículo 58 de la Ley 246 para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores (maltrato de menores).

El caso fue investigado en sus inicios como un incidente desgraciado.

Sin embargo, el informe de Ciencias Forenses arrojó que la causa de muerte de la pequeña no era compatible con una caída, sino un severo trauma corporal.

Originalmente, la jueza María del Pilar Vázquez no encontró causa para su arresto en Regla 6, pero el Ministerio Público radicó en alzada, donde prevaleció.

La jueza Ivelisse Zapata Toro encontró causa para juicio en septiembre de 2018, pero no fue hasta agosto pasado que el juicio por derecho comenzó en su fondo.

Choque de interpretaciones

La mujer, quien al momento de los hechos se desempeñaba como jugadora de las Indias de Mayagüez en la Liga de Voleibol Superior Femenino, sostuvo en todo momento su versión de que dejó a la niña sola en la bañera en lo que buscaba una toalla y cuando regresó, la encontró tirada mientras le caía agua de la ducha en el rostro.

La Dra. Irma Rivera Diez, patóloga forense en el Instituto de Ciencias Forenses, dijo que la autopsia realizada a la niña reveló una contusión severa en la parte dorsal del cuerpo que le desplazó la segunda vértebra lumbar, producido por una fuerza aplicada. También presentaba otra contusión en el abdomen que le rompió la aorta ventral y que también fue mediante fuerza aplicada, probablemente una patada o un puño que le rompió el vaso y le laceró los riñones, según trascendió.

Sin embargo, la defensa de Willoughby sentó a declarar al doctor Raúl Márquez Feliciano, gastroenterólogo, que indicó que la causa de muerte de la menor fue producto de unos primeros auxilios (CPR) mal aplicados y no el severo trauma corporal que describió la patóloga forense.

“Presentamos evidencia pericial que demostró que esa niña no murió a causa de puños, patadas o lanzada contra el piso, como alegaba el Ministerio Público. Esa niña sí falleció por un severo trauma mecánico, ocurrido al haber recibido una resucitación cardiopulmonar (CPR)… Ella sufre una lesión en la aorta abdominal que es la que le causa la muerte”, dijo Padilla a su salida de la sala.

El letrado dijo que, según el testimonio de su perito, estudios demuestran que es muy común que ocurra cuando reciben ese tipo de tratamientos, incluso en hospitales.

Mientras, describió como una “falla” de la patóloga forense el informe que atribuía los severos daños corporales de la menor a una fuerza aplicada.

“Lo que pasa es que la doctora habla de un trauma severo, pero habla de un objeto contundente y habla de puños y patadas y ahí es donde la doctora falla. La doctora abre el cuerpo y encuentra unos daños fisiológicos. Sin embargo, lo que produjo esos daños fisiológicos, no es lo que dice la doctora. Esa es la diferencia”, sostuvo Padilla, quien incluso cuestionó la forma en que se están realizando las investigaciones para este tipo de casos.

“Entiendo que el Instituto de Ciencias Forenses (ICF) tiene que reevaluar su protocolo de cómo examinar pacientes desde el punto de vista del CPR y específicamente cómo la Policía debe investigar. A aquí hay un hecho bien importante y es que esa niñita presentaba un cuadro de infección abdominal e infección de orina que le produce un síncope, y dada la pura negligencia de que la Policía no levantó en el lugar de los hechos parte de la excreta, ni en el ICF se hicieron exámenes de excreta para demostrar que esa niña presentaba un cuadro viral que le estaba afectando su condición de salud. Entonces, pierde conocimiento y luego recibe un tratamiento de CPR por personas que no dominan la materia”, apuntó.

Sorprendido el Ministerio Público

Por otro lado, los fiscales reaccionaron asombrados a la determinación de la jueza, por entender que llevaron un caso sólido en contra de la acusada.

“Aceptamos la determinación del tribunal, pero estamos sorprendidos porque la prueba que nosotros le pasamos al tribunal fue devastadora para la acusada”, dijo Negrón Rosado a NotiCel.

“Esa niña tenía muchos traumas, muchos golpes, muchas roturas y sangrado. Tenía fracturas lumbares y de la aorta. Entendíamos que habíamos convencido al tribunal, pero hoy nos dimos cuenta de que no”, agregó.

La fiscal, incluso, objetó el perito que sentó la defensa por entender que no estaba capacitado para refutar el informe de la patóloga forense.

''La defensa trajo un perito gastroenterólogo a establecer causa y manera de muerte. Nosotros objetamos esa prueba, no porque la defensa no tenga derecho a traer un perito pero, para impugnar el testimonio de un patólogo en relación a causa y manera de muerte, hay que traer a una persona que esté certificada y adiestrada a esos efectos", sostuvo Negrón Rosado.

''Esto es un testigo que solo pudo decir que es gastroenterólogo, que nunca ha hecho una autopsia, que no sabía nada de lo que es la patología y aún así se sentó a declarar que la forma y manera de muerte era un CPR mal dado, cuando ninguno de los testigos dieron testimonio de que el CPR fue mal dado", subrayó.

Exitosa en el deporte

Natural de Louisiana, en el 2008 Willoughby integró la Selección Nacional de Voleibol de Estados Unidos con la que ganó medalla de plata en los Juegos Olímpicos de Beijing. Como profesional también jugó en las ligas de España e Italia, pero fue suspendida en este último país por dos años al dar positivo en una prueba de dopaje.

Debutó en el Voleibol Superior Femenino de Puerto Rico en el 2005 con las Criollas de Caguas cuando fue una de las refuerzos que guiaron a ese sexteto al campeonato. En ese año 2005 también jugó en la Liga de Baloncesto Femenino y guió al campeonato a las Valencianas de Juncos.

En 2003 fue seleccionada la Jugadora del Año de la NCAA cuando jugaba con la Universidad de Hawai.

Al momento de la muerte de la niña, Willoughby jugaba voleibol con las Indias de Mayagüez y baloncesto con las Cangrejeras de Santurce.

Mira aquí esta transmisión en directo desde el Tribunal de Mayagüez: