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Comunidad no binaria pide al tribunal obligar al Registro Demográfico a reconocerles

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Miembros de la comunidad no binaria, que no se identifican con los géneros masculino y femenino, pidieron que se les permita identificarse con una “X” en documentos vitales.

Como un seguimiento a un pleito de 2018, miembros de la comunidad no binaria demandaron en el tribunal federal al gobernador, el secretario de Salud y la directora del Registro Demográfico para que los documentos vitales se revisen y se ofrezca una alternativa que esta comunidad pueda usar para identificarse que no sean las opciones de masculino o femenino.

Una persona no binaria no se identifica con los géneros masculino ni femenino.

En el pleito de 2018, la exjueza federal Carmen Consuelo Cerezo ordenó al gobierno permitir cambios en el género marcado en los registros vitales, de manera que los miembros de la comunidad transgénero pudieran cambiar de femenino a masculino, o viceversa, dependiendo de su transición de género.

“Sin embargo, los oficiales del Registro Demográfico no se han percatado que esta decisión también les requiere registrar a personas no binarias. Primero, porque al reconocer el género, y no los órganos físicos externos, como la categoría fundamental que será considerada en el Registro, tienen que reconocer también que el sexo y el género son un continuo más allá de la dualidad masculino/femenino y, por tanto, deben abandonar la presunción imprecisa de que el sexo es binario. Segundo, porque la exclusión de individuos que no son masculino o femenino, a menos que se autodescriban falsamente como exclusivamente masculino o femenino no supera el escrutinio mayor que requieren las clasificaciones basadas en sexo. Tercero, porque la renuencia del gobierno a reconocer el sexo de una persona no solamente le niega a una persona transgénero igualdad de dignidad y de respeto mediante socavar, y hasta denegar, su propia identidad y existencia, sino que también autoriza e invita a que otras entidades públicas y privadas igualmente discriminen y nieguen reconocimiento. Finalmente, porque la orden (de 2018) instruyó al individuo transgénero a presentar su solicitud (al Registro Demográfico) acompañada de un pasaporte que refleja el género real de la persona, reconociendo así que el pasaporte de Estados Unidos es un documento legalmente vinculante para el Gobierno de Puerto Rico. Como después de la decisión de 2018 el Departamento de Estado incluyó a las personas no binarias y la marca ‘X’ en el pasaporte, la decisión ahora mandata que el Registro incluya dicho símbolo en su solicitud para un cambio de sexo”, argumentó la licenciada Johanna M. Emmanuelli Huertas.

La demanda pide una orden contra el gobierno para que deje de aplicar una política basada en género exclusivamente binario en la expedición de documentos vitales y que “permita a las personas no binarias nacidas en Puerto Rico corregir sus certificados de nacimiento para reflejar correctamente su sexo real, consistente con su identidad de género”.

El grupo de demandantes está compuesto por Maru Rosa Hernández, André Rodil, Yeivy Vélez Bartolomei, Gé Castro Cruz, Deni Juste e Ínaru Nadia de la Fuente Díaz, quien cuenta con un pasaporte estadounidense en el que su género no binario está representado con la nueva marca ‘X’.

En julio pasado, a través del capítulo de Puerto Rico de Amnistía Internacional, este grupo solicitó por escrito al Registro Demográfico que enmendara su formulario para incluir la marca ‘X’ en representación de las personas no binarias. Pero la directora, Wanda Llovet Díaz, les indicó que no podía hacer la enmienda, a menos que mediara acción legislativa u orden judicial.

Entre otros fundamentos, la reclamación se basa en la disposición de la Carta de Derechos de la Constitución del Estado Libre Asociado que declara que “la dignidad del ser humano es inviolable” y en que, en contraposición a este derecho, “no hay una justificación gubernamental apremiante, importante o si quiera legítima” para negarse a proveer certificados “precisos” a las personas no binarias.

“Más aún, es arbitrario permitir la identificación de personas transgénero mientras se le niega identificación a las personas no binarias”, añade.

El escrito hace referencia a estudios académicos y otras fuentes para explicar que, en términos de identidad de género, hay personas transgénero que se identifican como hombre o como mujer (las que el registro comenzó a reconocer después de la decisión de 2018) y hay personas transgénero que no se identifican con ninguno de esos dos géneros (como el grupo demandante).

“La discriminación contra un individuo que no es masculino ni femenino, como tal, igual que la discriminación en contra de una mujer, como tal, es discriminación basada en sexo”, subrayaron.

Resaltaron que 17 estados, y la ciudad de Nueva York, reconocen la identidad de género no binaria en sus certificados de nacimiento y que hay un interés gubernamental en reconocer correctamente la identidad de género de la población.

Vea:

Jueza federal reconoce ‘derecho a existir’ de la comunidad trans

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