Sabía usted que a partir de julio la manera en que deduce los gastos incurridos o pagados por el uso y mantenimiento de automóvil pudiera cambiar de forma muy drástica?
Y es que como parte de las enmiendas al Código de Rentas Internas se establece que la deducción por gastos incurridos o pagados por el uso y mantenimiento de un carro para uso de una industria o negocio ya no será a base de los gastos reales incurridos que incluyen: la suma de los gastos en la gasolina, el seguro, reparaciones, limpieza, gomas, marbete, el cambio de aceite y filtro y otros gastos de mantenimiento rutinario.
La Sección 1033.07 de la Ley Núm. 1-2011 propone, en vez, ‘una tarifa estándar por milla de uso atribuible a dicha industria o negocio o para la producción de ingresos’.
Es decir, cada contribuyente que pretenda deducir los gastos de su auto tendrá la responsabilidad de mantener un récord diario y detallado, en el cual debe incluir la fecha, el lugar o destino al que se dirigió, el negocio o propósito del viaje, la lectura del odómetro al comenzar y terminar el viaje, cantidad de millas para fines de la industria, la cantidad de millas para uso persona y el total de millas que corrió el auto durante el año.
Según dispone le Reforma, por cada milla recorrida para fines laborables se aceptará una tarifa estándar por milla de sesenta centavos ($0.60) por concepto de gastos incurridos, que estará vigente hasta que el Secretario disponga una nueva tarifa. Esto, de aprobarse la enmienda que actualmente se encuentra bajo evaluación por el Departamento de Hacienda.
Por lo pronto, se admitirán los gastos reales por el uso y mantenimiento de un automóvil para los gastos incurridos hasta el próximo 30 de junio. Lo que queda por verse es cual será el método que finalmente se implanta a partir del 1ro de julio.
Así que en la planilla de 2012, que entrega en abril de 2013, usted tendrá que dividir la forma en que reporta los gastos que tuvo por el uso de su automóvil para su profesión. Los primeros seis meses serán como hasta ahora, a base de gastos reales con sus recibos. Los segundos seis meses de 2012, y en adelante, será por la forma que determine el secretario de Hacienda pero que, según propuesto, sería por el sistema de tarifa fija por milla que le obliga a llevar un registro para separar las millas que su vehículo corre por motivo de su trabajo, de las que corre con fines personales.
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