Cordero regresa a enfrentar la justicia
Tras sufrir un revés judicial en el Tribunal de Apelaciones, el ex comisionado de Seguridad de San Juan Hilton Cordero regresará mañana al Centro Judicial de Carolina para la vista de causa para arresto en alzada y la vista preliminar de los cargos que sí prosperaron en el caso de agresión sexual y pornografía infantil.
Contra Cordero ya se determinó causa para arresto por tres cargos de pornografía infantil y uno de actos lascivos contra una vecina menor de edad que alega que se sacaba fotos pornográficas y se las vendía al acusado.
De acuerdo con el ministerio público, Cordero suministró ala menor el equipo necesario para que pudiera tomarse las fotos pornográficas. Ella luego se las enviaba al ex funcionario por correo electrónico. Los hechos ocurrieron en tres incidentes separados en 2007, 2008 y 2009.
Los cargos en este caso surgieron a raíz deuna denuncia de la hija del ex funcionario de que su padrecometió actos de índole sexual en su contra.
Sobre ese segundo caso, la fiscal Lilliam Cabrera ha dichoque 'se va a someter en su debido momento'.
El viernes, el Tribunal de Apelaciones revocó una decisión del juez superior de Carolina, Francisco Borelli, quien permitió a la defensa de Cordero, encabezada por la abogadaMayra López Mulero, que examinara de forma limitada la declaración jurada de la víctima del caso por pornografía infantil.
Un panel de tres jueces de apelaciones aprobó una petición de certiorari del fiscal Carlos López, quien argumentó que en esta etapa de los procesos de vista de causa para arresto en alzada en tres de los cinco cargos de pornografía infantil que no prosperaron, la defensa no tiene derecho a ver la declaración jurada de la perjudicada, una vecina que al momento de los hechos era menor de edad.
El caso fue devuelto a la sala del juez Borelli, en el Centro Judicial de Carolina, para que continúen los procedimientos.
Borelli basó su determinación en el debido proceso de ley y afirmó que quería evitar dar 'la apariencia impropia de contubernio entre el poder ejecutivo y el poder judicial'.
En la vista del 9 de mayo, la fiscal Cabrera había dicho que el caso se sometería sólo con la declaración jurada de la perjudicada.
López Mulero argumentó, entonces, que se encontraban con un testimonio 'perpetuado en un documento' al que no ha tenido acceso y ante 'una testigo que hasta el día de hoy no tiene rostro para la defensa'
El fiscal López se reafirmó en que la 'jurisprudencia es clara' de que la defensa no tiene derecho a ver la declaración jurada.
En decisión de 2 a 1, el panel apelativo resolvió a tenor con la jurisprudencia del Tribunal Supremo que estableció que 'el imputado de delito grave no tiene derecho a obtener copia de las declaraciones juradas que sirvieron de base para la determinación de causa para arresto, antes que los declarantes testifiquen por primera vez en algunas de las etapas posteriores significativas del proceso criminal, tales como la vista preliminar o el juicio'.
Según el Apelativo, 'está claramente resuelto que en esta etapa del proceso criminal, el imputado no tiene ese derecho. Coincidimos con el análisis del ministerio público, amparado en su totalidad en el derecho vigente, al concluir que en esta etapa procesal no están obligados a presentar toda su evidencia y que la norma es clara en que la defensa tendrá que aguardar a que los testigos se sienten a declarar en la vista preliminar o en el juicio para obtener sus declaraciones juradas'.
El panel determinó, además, que en este caso no existen 'las circunstancias excepcionales' establecidas por el Supremo que ameriten que se le dé acceso a la declaración jurada de la víctima a la defensa de Cordero.
'El imputado no ha demostrado circunstancia especial alguna bajo el palio del debido proceso de ley. Más aún, la defensa del recurrido reconoció que no tiene derecho a examinar la declaración jurada en esa etapa de vista de causa probable en alzada, por lo que acudió a un planteamiento de buena fe y equidad', sostuvo el Apelativo.
El panel de jueces agregó que el juez Borelli erró al permitir que la defensa vea en su escritorio en corte la declaración jurada de la presunta víctima, aunque sea de forma limitada.
'Alejarse de la norma establecida y permitir el examen del documento a la defensa, bajo el pretexto de evitar una 'apariencia impropia de contubernio entre la Rama Judicial y el Ejecutivo', es un error, toda vez que la función del magistrado en una vista de causa probable en alzada es a manera de filtro, para evitar cualquier abuso de derecho por parte del Estado', sentenciaron losjueces apelativos.
Desde el pasado 3 de febrero, cuando la hija de Cordero hizo las acusaciones, el ex funcionario de la administración del alcalde Jorge Santini no ha vuelto a relacionarse con ella.