Anticipan alza en pleitos por pensiones entre exesposos
Una reciente decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre las pensiones alimentarias para excónyuges pudiera crear un aumento en este tipo de litigios en las salas donde se atienden los casos de Familia, considerando la situación económica que se está viviendo en el país.
Así concluyó el licenciado Alfonso Ramos Torres, exadministrador de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), quién reprobó que el Tribunal Supremo intente equiparar las pensiones alimenticias de ex cónyuge con las otorgadas a los menores. De hecho, destacó que desde 2009 hasta ahora las pensiones alimenticias entre exesposos están siendo más controversiales en los tribunales, que las mismas pensiones de menores.
Su preocupación surge cuando el juez asociado Luis Estrella Martínez del Tribunal Supremo, reiteró en el caso Cortés Pagán v. González Colón, que las pensiones entre excónyuges tienen el mismo peso que las pensiones de menores porque es el concepto de alimentar, y no la posición del que recibe el alimento, lo que determina la importancia de las pensiones. La expresión altera la visión que imperaba hasta ahora de que las pensiones para menores tenían una importancia mayor debido a las responsabilidades mayores que el Estado tiene para con los menores.
'El Tribunal de Apelaciones interpretó que nuestra Opinión de Figueroa v. Del Rosario, en la cual se estableció que las determinaciones sobre modificaciones de alimentos y custodia de menores constituyen sentencias sujetas a apelación, no se extiende a otro tipo de pensiones porque sólo los alimentos de menores están revestidos del más alto interés público. Erró. Las pensiones alimentarias de excónyuges también están investidas del mayor interés público', indicó Estrella en la opinión.
'El carácter dinámico de la institución de alimentos y los propósitos importantes que persigue de manera alguna quedan minados por la circunstancia de ser excónyuge. En atención a ello, los dictámenes sobre pensiones alimentarias de excónyuges siempre están sujetos a modificación, según cambie sustancialmente la capacidad del alimentante para proveer alimentos o la necesidad del alimentista', concluyó.
Ramos Torres expuso que en los casos de las pensiones de menores, el Estado tiene una responsabilidad mayor con ellos, por lo que el trato debe ser distinto a la de otras pensiones.
Sin embargo, esta decisión del Tribunal Supremo sobre las pensiones alimenticias para excónyuges 'crea la duda de si todas las pensiones (alimentarias) están revestidas al más alto interés publico', por lo que pueda interpretarse como que se busca garantizar un derecho constitucional. Ante esta situación pronosticó el que se pueda desatar controversias en los Tribunales por este asunto, pues 'vamos a empezar a litigar con lo que dice el Código Civil y lo que dice este caso'.
Al mismo, Ramos Torres catalogó como 'innecesario', el que Estrella entrara a discutir estos elementos en cuánto a la definición de alimentos, cuando se pudo haber concentrado sobre el aspecto procesal que se discutía en el caso, que era si una reclamación presentada sobre una pensión de excónyuge estaba fuera de tiempo o no.
Puntualizó que 'el Tribunal debe tener cuidado con emitir determinaciones que creen esta duda, que finalmente le va a tocar resolverla'.
Por otro lado, para el licenciado Santos Rivera Martinez, director del Centro de Servicio Directo de Carolina de la Corporación de Servicios Legales, no hay ningún cambio en cuanto a la jurisprudencia en este tipo de casos. Y apuntó que su confusión mayor fue con la opinión de los jueces disidente que incluyen a Hernández Denton, más que por el asunto de que los alimentos se consideren como un interés mayor. A su entender el asunto sobre el tipo de procedimiento civil aplicado en este tipo de casos es uno ya 'trillado', que ya esta resuelto en el caso Figueroa v. Del Rosario. Además, descartó el pueda ocurrir un aumento en los litigios de pensiones de ex cónyuge con esta determinación del Tribunal Supremo.
La opinión del Supremo incluyó una disidente de la jueza Mildred Pabón Charneco a la que se unieron los jueces Rafael Martínez Torres, Edgardo Rivera Gracía y el Juez Presidente Federico Hernández Denton.
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