Log In


Reset Password
SAN JUAN WEATHER
Ahora

Fiscal General defiende decisión de no extraditar arrestado en Nueva Jersey

De acuerdo con el fiscal general, cuando las autoridades de Nueva Jersey se comunicaron con la fiscalía de Arecibo, región judicial en la que se emitió la orden de arresto en ausencia, para informar del arresto, el fiscal de Distrito, Wilson González, les indica que no cuentan con la prueba necesaria para procesarlo y que se le cambie el estatus.

Aunque, en este momento, el Departamento de Justicia no tiene suficiente prueba para procesar a un presunto participante de un asesinato de una octogenaria, el fiscal general, José Capó, aclaró que la investigación sigue abierta y que podrían emitir una nueva solicitud de arresto para su extradición.

Se trata del caso de Jonathan Rodríguez Ocasio, quien fue dejado en libertad tras ser capturado el 19 de septiembre en Nueva Jersey.

En entrevista con NotiCel, Capó explicó las razones para desistir en este momento de la extradición y aclaró que Justicia no violó ninguna disposición legal ni reglamentaria al solicitar que se le cambiara el estatus a Rodríguez Ocasio en el sistema de los Servicios de Información de Justicia Criminal (FBI-CJIS, por sus siglas en inglés).

'Se le informó que las circunstancias del caso cambiaron y que el testigo se retractó, hubo que procesarlo y no tenemos un testigo que pueda sostener los cargos más allá de duda razonable y procesar a estas dos personas que nos restan, en este momento. Eso no quita que podamos conseguir prueba posteriormente… a base de eso, se le notificó entonces que no podíamos extraditarlo que se le cambiara, y se le cambió de hecho, la categoría. Eso se hace diariamente, nosotros lo hacemos con ellos (federales) y ellos lo hacen con nosotros cuando nos requieren personas', explicó Capó.

'Se le indicó que solamente por motivo de esta situación, que no contamos con la prueba suficiente para poder encausarlos, en este momento no se iba a recomendar la extradición y se le cambió la categoría para que, en vez de que sea arrestado en cualquiera de los estados de Estados Unidos, solamente sea arrestado si entra a Puerto Rico. Obviamente, si conseguimos prueba posteriormente para encausarlo cambiaremos la categoría', sostuvo Capó.

El funcionario afirmó que el FBI-CJIS provee para que se realicen los cambios a las personas que son requeridas por diferentes jurisdicciones.

'El mismo Sistema te da las alternativas no hemos hecho nada que no exista en el procedimiento. Ahora mismo, vamos a partir de la premisa que yo hubiera traído a ese sujeto a Puerto Rico, que es lo único que yo podía hacer solicitar el archivo de los casos sin perjuicio en este momento. O sea, el ejercicio de la extradición era fútil, lo traigo y tengo que pedir el archivo de los casos sin perjuicio para de surgir la prueba poder procesarlo en otro momento. No íbamos a avanzar nada en el caso', justificó.

Capó aclaró, además que ya hay dos personas _Pedro Valentín Cabán y Alexis Aldiva Soto_ cumpliendo cárcel por el horrendo asesinato de la octogenaria, Ana Martínez Marrero.

'La información que nos da el fiscal de Distrito de Arecibo, Wilson González, es que mientras se estaba procesando al primer acusado de esos individuos, cuyo nombre es Pedro Valentín Cabán y al que ellos identifican como el de mayor participación en estos hechos, que el testigo comenzó a indicar molestia en ser el testigo y continuar el acuerdo de cooperación que había establecido con la fiscalía de Arecibo. El acuerdo de cooperación consistía, en el caso de Alexis quien fue el que se arrestó y se convirtió en testigo cooperante, era reclasificar los delitos a un segundo grado severo, bajo el viejo Código, para una pena de cárcel de 30 años que era el máximo a cambio de declarar contra los otros tres coacusados. A cambio de esto, se obtuvo su confesión y la participación de los demás coacusados', explicó.

'Durante el primer proceso que se comienza a ver que es el del coacusado Pedro Valentín Cabán, (Alexis) se retracta y, posteriormente, hubo que negociar un acuerdo de pena con Pedro el cual él aceptó y su representación legal de 55 años de cárcel, la cual está extinguiendo al día de hoy y que comenzó a cumplir en el 2012', dijo.

Capó precisó que Alexis también está preso por retractarse.

'Alexis, una vez se retracta y no está dispuesto declarar contra los otros coautores, dejamos sin efecto el acuerdo de cooperación y lo procesamos. Después de lograr la convicción contra Pedro Valentín, se proceso a Alexis con su propia confesión. Se vio juicio y el juez lo encontró culpable de todos los cargos y fue sentenciado a 102 años de cárcel. El testigo que se retractó está cumpliendo 102 años de cárcel, que está cumpliendo desde el 2012', indicó.

Capó no quiso entrar en detalles de las gestiones investigativas que se realizan para poder enjuiciar a los otros dos participantes Kelvin Morales Román, quien continúa fugitivo, y el ahora liberado Rodríguez Ocasio.

'No puedo entrar en detalles porque esta investigación está abierta. Contra Kelvin y Jonathan todavía pudiesen ser procesados yo no puedo dar mucho detalle de la participación de cada uno', dijo Capó.

NotiCel supo por otras fuentes que la participación de Rodríguez Ocasio fue mínima.

Rodríguez Ocasio, de 25 años de edad, enfrentaba cargos por agresión agravada, conspiración, robo agravado y violación a la Ley de Armas, además de una fianza de $2.5 millones.

Por su parte, Valentín Cabán y Aldiva Soto resultaron convictos de asesinato, asalto agravado, conspiración y robo agravado.

Fuentes de NotiCel confirmaron que lo sucedido con Rodríguez Ocasio no es un procedimiento extraño y citaron como ejemplo el caso de Maha Abdel Rahim, quien luego que el Condado deRiverside, en California, emitiera una orden de arresto en su contra, la misma fue dejada sin efecto. Contra la profesora, se impuso una fianza de $200,000.

Vea también:

Acusado por asesinato de octogenaria libre porque Puerto Rico se niega a buscarlo

Jonathan Rodríguez Ocasio
Foto: