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Enmienda a la Ley de Cierre resta facultades al DACO

El Senado aprobó el miercoles legislación que enmienda la actual Ley de Cierre y le resta poderes al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), para determinar que tipos de productos se venderían antes de las 11:00 a.m. en determinado comercio.

El Proyecto de la Cámara 766 enmienda la Ley para Regular las Operaciones de Establecimientos Comerciales, a los fines de eliminar las facultades concedidas al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) para ampliar los productos que las farmacias y establecimientos comerciales que operan farmacias pueden vender antes de las 11:00 a.m. los domingos y los días enumerados en el Artículo 3 de la Ley 1-1989.

En la Exposición de Motivos, la medida, de la autoría del presidente de la Cámara, Jaime Perelló González, expresa que el pasado cuatrienio se aprobó la Ley para Regular las Operaciones de Establecimientos Comerciales, mediante la promulgación de la Ley 143-2009, se pretendió añadir facultades al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) para que, entre otras cosas, y sin más consideración que la promulgación de un reglamento, añadiese y permitiese la venta de ciertos artículos en las farmacias y establecimientos que operan farmacias, cuya venta estaría prohibida durante los domingos y otros días enumerados en la Ley.

La medida aprobada elimina la facultad de DACO para ampliar reglamentariamente los productos o artículos que podrán venderse en las farmacias y establecimientos comerciales que operan farmacias, los domingos y demás días enumerados en la ley, antes de las 11:00 a.m.

(Archivo EFE)
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