Sin protocolo para desconexión de pacientes en Centro Médico
El licenciado Rafael Fabre, representante legal de la Administración de Servicio Medico (ASEM) reconoció hoy a NotiCel que en el Centro Medico no existe un protocolo establecido para atender los casos en los que los padres de un paciente diagnosticado con muerte cerebral, deciden ir al Tribunal para impugnar el tiempo que el enfermo puede permanecer conectado a las máquinas que lo mantienen con vida.
De hecho, sentenció que el caso del niño Jeffrey Santiago González, diagnosticado con muerte cerebral, es uno 'excepcional' ya que nunca Centro Médico había tenido que manejar un caso donde unos padres hubieran recurrido al Tribunal para solicitar una orden. Ante esto mencionó que sostuvo una conversación con el doctor Carlos Mellado, procurador del paciente, con quien habló de la posibilidad de establecer un protocolo especial para este tipo de casos.
Pese a esto puntualizó que la información que publicó hoy el rotativo El Nuevo Día de que el Centro Médico no tenía un protocolo para manejar casos de muerte cerebral es algo 'tergiversado'.
Este explicó que como otras instituciones hospitalarias en Puerto Rico, Centro Méduco sí cuenta con un protocolo para casos de pacientes que se sospecha hay daño neurológicos irreversible, en conformidad con la ley 296 del 2002, que dispone cómo se deben donar los órganos. Añadió que este protocolo puede variar dependiendo de la institución hospitalaria, ya que no hay nada estadarizado.
En el caso particular de Centro Médico lo primero es que dos médicos, a veces de distintas subespecialidades,como por ejemplo un cirujano de traumas y un neurólogo, le realizan varias pruebas al paciente de manera independiente para certificar si hay muerte cerebral. Estas pruebas son:de reflejo de tacto, pupila, calor y frío, electroencefalograma, pruebas de fluído de sangre en el cerebro, un MRI, y a veces hasta CT Scan.
Luego procede a que ambos médicos certifiquen la fecha en que se entiende que la persona murió. Recordó que una persona puede estar certificada como muerta bajo dos criterios; porque cesa sus funciones cardio-respiratorias o porque haya cesado sus funciones neurológicas.
Ante el hecho de que la persona está conectada a un ventilador artificial, entonces se prosigue a explicarle a los familiares que el paciente ha muerto y se les pregunta si quieren donar sus órganos.
De igual forma expuso que existe un tiempo establecido desde la certificación de la muerte para que se puedan hacer donaciones de órganos. Determinó que lo máximo de tiempo son cuatro días, dependiendo de los órganos.
Tras los cuatro días no hay posibilidades de donación y lo que procede es la desconexión del ventilador artificial.
Mencionó que anualmente en Centro Médico se desconectan sobre 50 pacientes.