Log In


Reset Password
SAN JUAN WEATHER
Ahora

9 regulaciones que Carolina quiere para los 'food trucks'

Tendrán una vista pública a las 5:00 p.m.

A eso de las 5:00 de la tarde, la Legislatura Municipal de Carolina se propone discutir la reglamentación de los negocios ambulantes del ayuntamiento, referente a su localización y funcionamiento, entre los que se encuentran los 'food trucks' o camiones que sirven comida.

Del borrador de la Ordenanza Municipal (OM) se desprende la intención de 'garantizar que se autorice la ubicación y operación de negocios ambulantes en sitios o lugares, horas y días que no incidan en competencia desleal entre comercios legalmente establecidos', en referencia a la rivalidad económica entre los 'food trucks' y los restaurantes.

Las particularidades del decreto a ser aprobado podrían cambiar, pero aquí resaltamos lo que dice el borrado de la OM:

'Evitar la proliferación de negocios ambulantes en lugares donde existen edificios disponibles para el establecimiento de comercios que propendan un desarrollo económico sostenible, manteniendo los espacios públicos disponibles para uso de las comunidades'.

'Ningún negocio ambulante estará establecido por períodos en exceso de 12 horas, por lo que diariamente se recogerá y removerá todo lo relacionado al negocio del lugar autorizado'.

No se permitirá el establecimiento del negocio en instalaciones operadas por el municipio u otra agencia pública, dentro de las plazas de recreo públicas o parques pasivos, ni en áreas públicas o privadas de los centros comerciales y las estaciones de gasolina.

Los negocios de venta de comida no podrán vender los alimentos para consumo en las inmediaciones del lugar. Es decir, toda venta será para llevar.

No podrá instalar carpas, mesas, sillas, sombrillas, entre otros.

Prohibe a los negocios ambulantes de conectarse a la infraestructura de energía electrica, agua potable, alcantarillado sanitario, gas y telecomunicaciones, entre otros.

Prohibe los generadores electricos de cualquier tipo.

Ningún dueño, operador o vendedor ambulante podrá utilizar bocinas, sirenas, altoparlantes, megáfonos, amplificadores o cualquier otro artefacto similar para propósitos de sonido.

Las licencias para operar el negocio tendrán vigencia de un año y su costo varía de acuerdo al tipo de negocio que busca establecerse.

En San Juan, por ejemplo, la Legislatura Municipal impuso en los 'food trucks' un límite en el nivel de alcohol en sus bebidas a la venta, y la prohibición del uso de bocinas en sus instalaciones.

El sábado, la Asociación de Restaurantes de Puerto Rico (ASORE) se desligó de la propulsión de esta reglamentación municipal, al asegurar que no buscaba 'obstruir el libre comercio' en el país.

'ASORE nunca ha realizado acercamientos a ningún municipio, incluyendo a Carolina, para limitar las posibilidades de que se establezcan negocios ambulantes de comida preparada', señaló la Asociación.

El colectivo aludió a que los estragos del huracán María intensificaron la necesidad de permitir los camiones de comida como entes para estimular la economía y fomentar la creación de empleos.

Una de las icónicas guaguas de El Churry. (Miami New Times)
Foto: