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Avalada la moratoria en la ‘crudita’ por Comisión Hacienda de la Cámara

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Avalada la moratoria en la ‘crudita’ por Comisión Hacienda de la Cámara

2 de noviembre de 2021 puestos de gasolina alza de precios

Fue aprobada con una votación de 14-0.

La Comisión de Hacienda de la Cámara aprobó ayer por unanimidad una Resolución que ordena la moratoria en el cobro de la llamada ‘crudita’ por los próximos 45 días y que incluso autoriza a una extensión por otros 45 días si persiste la situación de altos precios del combustible y se identifican las fuentes para hacer neutral la medida.

El proyecto que se aprobó fue la Resolución Conjunta del Senado 240, pero enmendada agregando las disposiciones que contiene el proyecto de administración para los mismos fines y que establecen un dividendo extraordinario de la Asociación de Suscripción Conjunta y un impuesto por el 50% del total de dicho dividendo.

Las enmiendas también agregan la disposición de que el Departamento de Asuntos del Consumidor será la agencia encargada de asegurarse que esa reducción en los arbitrios sobre la gasolina y el diesel lleguen al consumidor.

La medida, aprobada con votación de 14-0 ordena al Departamento de Hacienda a suspender temporalmente el arbitrio a la gasolina y al “diesel oil” establecido en los incisos (1) y (3) del apartado (a) de la Sección 3020.06 de la Ley 1-2011, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, durante el periodo de cuarenta y cinco (45) días a partir de la aprobación de esta Ley.

Ordena igualmente a la Asociación de Suscripción Conjunta declarar un dividendo extraordinario antes del 1 de mayo de 2022 a sus miembros, de una cantidad de cincuenta millones ($50,000,000) de dólares, sujeto a la imposición de una contribución especial y única de cincuenta por ciento (50%).

Lea también: Equipo fiscal del Gobierno favorece moratoria en la “crudita”

Dispone que los dividendos que reciban los aseguradores privados miembros de la Asociación de Suscripción Conjunta no estarán sujetos a ninguna otra contribución y además que los recaudos obtenidos a través de esta contribución especial no serán considerados como parte del cómputo de ninguna de las fórmulas existentes para el cálculo de asignaciones presupuestarias a ser consignadas como parte del proceso presupuestario constitucional.

“La Asociación de Suscripción Conjunta, en un término que no excederá el 30 de junio de 2022, realizará un pago especial de veinticinco millones ($25,000,000) de dólares al Departamento de Hacienda, quien depositará los fondos en el Fondo General del Gobierno de Puerto Rico. La Asociación de Suscripción Conjunta tendrá dos (2) años para desembolsar a sus 10 miembros los dividendos autorizados a tenor con la participación proporcional de cada miembro”, agrega.

Lea también: Senado aprueba a viva voz medida que suspende temporalmente el pago de la »crudita»

Sobre el DACO se indica que esa agencia deberá mantener vigente una orden de prohibición de aumentos de los márgenes de ganancia bruta en todos los niveles de distribución y mercadeo en la venta de gasolina, gas licuado de petróleo y diésel mientras dure la suspensión del arbitrio aquí legislado.

Deberá además asegurarse que la reducción en el arbitrio al crudo, que será determinado por el Departamento de Hacienda, se refleje en el precio final que paga el consumidor.

Respecto a la posible extensión de la moratoria dispone el proyecto que se permite extender la misma por un periodo de 45 días adicionales, “siempre y cuando cumplan con un estudio económico, la identificación de recursos para la neutralidad de ingresos y notificación a la Asamblea Legislativa”

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