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Economía

Nuevo incentivo sólo aplicará a propiedades de menos de $200,000

El secretario del Departamento de Justicia, Luis Sánchez Betances, fungiendo como gobernador interino, firmó el pasado 26 de junio, la Ley 34 del 2013, que extiende los subsidios para la compra de propiedades de vivienda. Además, esta administración aprovechó el momento para ponerle su sello especial, al cambiarle el nombre del programa de 'Mi Nuevo Hogar' a 'Mi Casa Propia'.

La firma de dicha legislación se dio a tan solo dos semanas de que miembros de la industria de la banca hipotecaria estuvieronsolicitando que se extendieran los subsidios del programa, luego de que fuera suspendido el pasado febrero.

Entre las enmiendas sobresalientes de la Ley están ciertas modificaciones para bajar los parámetros de los precios de ventas de la propiedad y de los vales, algo por lo que había abogado el director ejecutivo de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda (AFV), José Sierra.

Ahora el programa 'Mi Casa Propia', solo aplicará a propiedades cuyo precio de venta no excedan los $200 mil. Las propiedades pueden ser individuales o que formen parte de algún proyecto de vivienda.

Los subsidios serán hasta un 3% del precio de venta o el valor tasado de la propiedad, lo que resulte el monto menor.

Es decir, si el valor de la propiedad es de hasta $200 mil, el subsidio será de $6,000.

Por los proyectos de interés social, las personas podrán recibir un subsidio de hasta 5%, lo que pudiera elevar la cuantía de los $6,000.

La AFV tendrá a su discreción establecer otras excepciones en donde se pudiera incrementar el porcentaje del subsidio.

Se podrán beneficiar del Programa, las personas que no hayan participado previamente de otros programas similares y que sean personas con recursos económicos moderados o escasos:

1. Madres o padres o viudas, que sean jefas o jefes de familia, que vivan solas o solos, con uno o más de sus hijos menores de edad.

2. Personas de edad avanzada o con algún impedimento.

3. Empleados públicos que brinden servicios directos esenciales a la ciudadanía, en áreas como la salud, la educación, la seguridad pública, entre otros.

Debe tener en cuenta, que si vende la propiedad antes de cumplir 10 años luego de su compra, la Ley dispone que se le retenga el monto proporcional que le restaba para cumplir dicho término. Estas retenciones serán usadas por la AFV para seguir subvencionando el Programa.

Queda exento de dicha retención si hubiera satisfecho estos repagos mediante 100 horas de servicio comunitarios que deben completarse en los primeros 36 meses luego de ser comprada la propiedad.

'Una vez cumplido con este requisito, el beneficiado no tendrá limitaciones para vender, alquilar o refinanciar su residencia', detalla la legislación.

Como parte de los mecanismos para financiar el Programa, la medida dispone que cada año fiscal, el Director Ejecutivo de AFV, solicite los fondos necesarios mediante la petición presupuestaria de la dependencia gubernamental, lo que se va a sumar a otras partidas de ingresos.

La Ley deja al Director Ejecutivo de la AFV, la alternativa suspender el Programa mediante carta circular si no se cuenta con los fondos necesarios, como ocurrió el pasado febrero.

Ley 34 del 2013- Mi Casa Propia_3117

La administración García Padilla extendió los subsidios de vivienda y le cambió el nombre al programa a 'Mi Casa Propia'. (Josian Bruno/NotiCel)
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