Hacienda: Tribunal carece de jurisdicción para atender demanda de Doral
La secretaria del Departamento de Hacienda, Melba Acosta Febo, anunció este viernes la radicación de una moción al Tribunal de Primera Instancia de San Juan para que decrete la desestimación de la demanda instada por Doral, al alegar que el Tribunal carece de jurisdicción sobre la materia.
El Departamento alega en la moción que no cabe duda que es Hacienda la entidad facultada para determinar la corrección de las acciones contributivas en controversia, y es la entidad con la facultad en ley para determinar el tratamiento contributivo aplicable.
'El Departamento de Hacienda y el Gobierno del Estado Libre Asociado pagan las deudas legítimamente incurridas, pero en esta ocasión, de ninguna manera, va a pagar esta cantidad multimillonaria que a todas luces no le corresponde', afirmó la Secretaria.
La moción lee, 'La controversia que pretende dilucidar la parte demandante ante este foro tratando de hacerla ver como un caso de fácil disposición que requiere solo la evaluación misma del acuerdo y de las disposiciones legales aplicables, se distancia por completo de las complejidades que acarrea una evaluación responsable y acertada de la misma. El caso de autos presenta controversias de hechos, que incluyen, pero no se limitan a, identidad de partes en los acuerdos. A su vez precisa hacer una evaluación técnica, basada en las disposiciones del Código de Rentas Internas, por personal con pericia contable y contributiva, que permita establecer cómo se convierte un derecho a una amortización futura a un derecho a recibir un reembolso en efectivo, todo lo cual requiere, entre otras cosas, revisar planillas, pagos, intereses, libros de contabilidad y libros para propósitos contributivos'.
La moción establece que este pleito surge a raíz de un acuerdo final celebrado el 26 de marzo de 2012 entre Doral Financial Corporation ('DFC') y el Departamento de Hacienda, entonces dirigido por su secretario, Jesús F. Méndez Rodríguez, quien es investigado por la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) por dicho acuerdo, y representado en el acto por la subsecretaria Blanca A. Álvarez Ramírez.
Dichas partes, amparándose en las disposiciones del Código de Rentas Internas de 2011, Ley 1-2011, particularmente su sección 6051.07 sobre acuerdos finales, alcanzaron un acuerdo mediante el cual convirtieron un posible ahorro contributivo, producto de una deducción por la amortización de un activo, en un sobrepago de una contribución por la cantidad de $229,884,087, a pesar de que DFC y sus afiliadas nunca pagaron contribuciones en exceso por dicha cantidad.
En la moción también se establece que '[e]l acuerdo final convirtió $229,884,087 en una cuantía 'alegadamente' reintegrable y, por consiguiente, en una 'supuesta deuda' de cientos de millones de dólares del Estado Libre Asociado para con Doral, sin que el Estado recibiera beneficio alguno de esa deuda.
Hacia el final de la tarde se supo de una decisión del Tribunal Supremo que ordenó al Tribunal Superior a atender la demanda presentada por Doral y emitir una decisión para el 26 de junio.