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Educación

Ante el tribunal desestimación de cargos contra Severino y Walker

La decisión se dará a conocer por escrito.

El juez Rafael Taboas Dávila tiene ante sí la posible desestimación de cargos que pesan sobre el expresidente de la Universidad de Puerto Rico (UPR), Uroyoán Walker Ramos, y el exrector del Recinto de Río Piedras de la institución, Carlos Severino Valdez, resolución que dará a conocer por escrito.

Con ese señalamiento, el magistrado dio por concluida la vista de argumentación entre el ministerio público y los abogados de los exfuncionarios, celebrada el viernes en la mañana.

La decisión de Taboas Dávila llegará acompañada de una respuesta a una petición de separación para atender los casos de manera individual.

El argumento principal de la defensa, compuesta por los binomios de Harry Anduze Montaño y Diego Corral, y Jose Velázquez Grado y Keishla Martínez Souchet, en representación del exrector y el expresidente, respectivamente, se basó en que fiscalía incumplió en su deber de atender de manera diligente las querellas contra los imputados.

Esto, conforme a las disposiciones de la Ley 2 de 1988, según enmendada, conocida como la Ley de la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (FEI).

En su alocución, Anduze Montaño, por ejemplo, puso sobre la mesa de manera cronológica unas cinco prórrogas en el transcurso del 2017 que el FEI recibió para investigar y presentar su informe.

Basado en su interpretación de la Ley 2, las fiscales Zulma Fuster Troche e Iris Melendez Vega sometieron los documentos a destiempo.

Fuster Troche, en cambio, replicó que dicha interpretación del estatuto era absurda y restrictiva, pues la ley no estipula un límite de prórrogas a ser utilizadas. Incluso, las fiscales plantearon que efectuaron la entrega de documentos a pesar de la devastación provocada por el huracán María.

El fenómeno atmosferico, señalaron, afectó computadoras y las oficinas del FEI, mientras que el Tribunal de Primera Instancia de San Juan optó por cancelar sus funciones por falta de energía electrica.

A su regreso al tribunal, a Severino Valdez le acompañó un sequito de profesores que se solidarizaron con su causa, tal como han hecho en ocasiones anteriores.

Walker Ramos y Severino Valdez, tal como trascendió en el 2016, participaron en la entrega de tres becas de estudios graduados en la UPR. Se presumía que las subvenciones fueron concedidas de manera dudosa porque los becarios fueron recomendados antes de la fecha de convocatoria.

Igualmente, y contrario a la reglamentación de los fondos, los agraciados no tenían enfoques academicos prioritarios ni solicitaban ingresar a instituciones de alto prestigio, con la excepción de uno.

En diciembre de 2017, el tribunal encontró causa para arresto contra ambos en relación a la otorgación de las llamadas 'Becas presidenciales' en la UPR.

En ese momento, Walker Ramos enfrentaba seis cargos que consistían de: tres violaciones al artículo 264b del Código Penal (malversación de fondos), en relación a tres subvenciones y una infracción al artículo 262 --omisión en el cumplimiento del deber--, así como dos instancias de violación a la sección 4.2b de la Ley de Ética Gubernamental. Este artículo aborda la concesión de beneficios a terceros mediante las facultades de una posición privilegiada.

Estos dos cargos los comparte el exrector Severino Valdez, a quien tambien se le halló causa por otros tres cargos por violación a la sección 254 del Código Penal que dispone la intervención indebida en operaciones gubernamentales, y uno por faltas al artículo 262 del Código Penal sobre omisión en el cumplimiento del deber.

Vista de determinación de causa por las otorgación de becas presidenciales. En la foto Carlos Serverino Valdez (Nahira Montcourt/NotiCel)

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