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Tribunales

Guánica apelará fallo que libera a AEELA de pagar arbitrios por la demolición de su edificio en Playa Santa

El gobierno municipal reclama el pago de $129,000.

El alcalde de Guánica, Ismael Rodríguez Ramos.
Foto: Foto suministrada

El alcalde de Guánica, Ismael ‘Titi’ Rodríguez Ramos informó hoy que su equipo legal apelará la sentencia dictada, también hoy, en el reclamo que hace el Municipio para proceder con el pago de arbitrios en la demolición del edificio ‘Centro Vacacional Playa Santa’, de la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (AEELA).

“Nosotros sostenemos como principio que cada cual debe cumplir con sus obligaciones, y ante la determinación del honorable juez Pedro A. Vidal Ríos, que respetamos pero no compartimos, entendemos que para procurar justicia, debemos apelar este caso. Tal como habíamos expresado públicamente, la demolición de ese edificio podía hacerse mientras el caso judicial sigue su curso”, señaló el alcalde.

De hecho, la demolición está pautada para este próximo martes en la mañana.

Rodríguez Ramos expuso que “en el caso de la demolición de una escuela, sí se pagan arbitrios. Para demoler un edificio afectado por los terremotos, para dar un ejemplo, hay que pagar arbitrios, ¿como para demoler un Centro Vacacional no van a pagar? Estamos hablando de un proyecto de $2 millones que debería pagar unos $129,000 en arbitrios. Es una organización que recientemente anunció que pagó $90 millones en dividendos. ¿Esa es la realidad con la que tenemos que bregar los Municipios, cada vez con menos recursos para dar servicios? Por eso vamos a agotar todos los recursos en ley”.

El juez Vidal Ramos determinó 'Ha Lugar' en parte la demanda presentada por la AEELA. En consecuencia, se emitió sentencia declaratoria estableciendo que conforme a lo dispuesto en el Artículo 42 de la Ley 9-2013, supra, la AEELA no tiene la obligación de pagar arbitrios de construcción al Municipio de Guánica por la obra de demolición a realizar por la compañía Alpha Demolitions.

"Se declara No Ha Lugar la Petición de Injunction Preliminar y Permanente”, según reza el documento judicial que Rodríguez Ramos proveyó a la prensa en la mañana de hoy viernes.