DACO insiste cláusula que exime a LUMA de negligencia es un privilegio
La secretaria Valerie Rodríguez Erazo sostuvo que retará la inmunidad de la empresa privada para proteger a los consumidores.
El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) presentó una demanda ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan para impugnar la cláusula 4.1 del contrato entre LUMA Energy y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), que exime a la empresa de responsabilidad civil por actos de negligencia.
La secretaria del DACO, Valerie Rodríguez Erazo, defendió la jurisdicción de la agencia para llevar el caso y fue clara al señalar que “¿Quién se beneficia de esta cláusula que puso el negociado? ¿Quién es el beneficiario? Un ente privado. ¿Y quién es el afectado? Un consumidor. Por ende, a mí me queda bien clara mi jurisdicción y por eso estamos llevando este caso”.
Rodríguez Erazo indicó que el DACO incluyó a la AEE en la demanda solo porque es una parte indispensable, pero responsabilizó directamente al Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) por haber aprobado en 2021 la resolución que otorgó el relevo a favor de LUMA.
“La realidad es que el que otorga este relevo y este beneficio que tiene LUMA fue el negociado en esa resolución del 31 de mayo del 2021”, puntualizó.
En cuanto al impacto directo sobre los ciudadanos, la secretaria reveló que existen al menos 1,828 querellas de consumidores no atendidas, según certificó la propia empresa en vistas públicas.
“Ellos han dicho que recibieron 1,828 querellas de consumidores que no fueron atendidas porque el relevo de responsabilidad les cubría y no tenían que responder”, explicó.
Rodríguez Erazo insistió en que la demanda no busca intervenir en la política energética del país, sino garantizar que los consumidores puedan reclamar legítimamente por los daños sufridos.
“Yo decidí examinar todos los documentos y la gobernadora de Puerto Rico siempre ha sido muy enfática en esto, que tenemos que responder a la gente”, sostuvo.
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