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Legislatura

Medida otorgaría descuentos para comidas a personas con impedimento

DE 25 por ciento.

El presidente de la Comisión de Turismo y Bienestar Social de la Cámara de Representantes, Nestor Alonso Vega, anunció el sábado la radicación de una medida que establece que todo establecimiento de comida rápida, restaurantes, cafeterías y cualesquiera otros locales de expendio de comida, otorguen un descuento del 25 por ciento a las personas con impedimentos, que así se identifiquen.

'Necesitamos hacer algo para mejorar la calidad de vida de las personas con necesidades especiales en Puerto Rico. El paso de los huracanes Irma y María han creado una situación difícil para este importante sector de nuestra población. Entre las medidas que hemos evaluado para ayudar, se encuentra el proveer un tipo de descuento en la compra de comidas confeccionados en restaurantes o cafeterías. Como es de conocimiento general, la falta de electricidad fuerza que muchas personas tengan que comprar sus alimentos en estos establecimientos, por eso entendemos que brindarle un descuento ayudaría a mejorar la situación de estas personas', comentó Alonso Vega mediante declaraciones escritas.

El pasado 1 de noviembre, el representante del Partido Nuevo Progresista radió el Proyecto de la Cámara 1299, el cual crea la 'Ley de Descuento a las Personas con Impedimentos en los Establecimientos de Expendio de Comida', estableciendo la mencionada tasa de descuento, al igual que las penalidades de no cumplir con la misma.

'En Puerto Rico ya contamos con más de 300,000 persona con algún tipo de impedimento. El logro de la igualdad de derechos y de acceso para esas personas tendrá una enorme repercusión en la situación social y económica de nuestra isla. Mientras esto se cumple a cabalidad, el Estado está obligado a apoyar a estas personas que son marginadas sin razón, de un empleo remunerado digno. Ante estos retos de Irma y María, esta necesidad se hace más apremiante que nunca', agregó el representante novoprogresista.

En caso de violación a las disposiciones de esta Ley, el secretario del Departamento de Asuntos al Consumidor podrá imponer multas administrativas al dueño del establecimiento de comida de hasta cien 100 dólares. En caso de violaciones subsiguientes podrá imponer multas de hasta doscientos 200 dólares por una segunda violación y hasta quinientos 500 dólares por violaciones subsiguientes.

La medida se radicó en la Cámara de Representantes (Archivo | NotiCel).
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