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Legislatura

AEE deberá avisar 48 horas antes de suspender el servicio a un abonado

Cámara aprobó una medida.

La Cámara de Representantes aprobó una medida que prohíbe la suspensión de luz sin previa notificación para los abonados de la Autoridad de Energía Electrica (AEE).

Según establece el Proyecto 1700 de este cuerpo, de la autoría del representante Jose 'Che' Perez, se crea la Ley de Transformación y Alivio Energetico de Puerto Rico, que a su vez establece que se debe notificar al abonado 48 horas antes de la suspensión por falta de pago.

La pieza legislativa busca que los abonados puedan prepararse o acatar otras medidas como planes de pagos. De igual modo, establece que el cliente tendrá la oportunidad de reclamar si el corte se trata de un error, lo que evitaría ejecutar un mal procedimiento.

'En algunos casos hemos visto cómo los servicios son suspendidos a pesar de que el abonado se acoge al procedimiento de revisión o a un plan de pago, provocando que este tenga que presentarse a las oficinas de servicio de la Autoridad para aclarar el error y que le restituyan el servicio que nunca debió ser suspendido', dijo Perez Cordero en declaraciones escritas.

Asimismo, el legislador añadió que busca hacerle justicia al bolsillo del país, evitando que el abonado tenga que pagar el cargo de reconexión que implicaría la suspensión.

'En los momentos de estrechez económica que vive nuestro pueblo, existen innumerables casos en los que los abonados no cuentan con los medios económicos necesarios para poder cumplir su obligación de pago. Con esta medida, buscamos que el abonado pueda evitar una suspensión del servicio errónea o hacer los arreglos pertinentes para afrontar el efecto de dicha suspensión, en los casos que proceda', enfatizó finalmente Perez Cordero.

(Archivo / NotiCel)

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