Camino a La Fortaleza medida que aumenta las multas a operadores de energía
Las enmiendas establecen que las compañías que incurran en violaciones pagarían hasta $125,000 diarios por cada violación.
Ante la consideración de la gobernadora Jenniffer González Colón para convertirlo en ley el proyecto que enmienda la "Ley de Transformación y Alivio Energético" para elevar las multas que impondría el Negociado de Energía a las empresas operadoras del sistema eléctrico en Puerto Rico, entiéndase LUMA Energy, Genera PR, EcoEléctrica y AES.
Según la vigente Ley 57, las multas son de un máximo de $25,000.
El Proyecto de la Cámara 268 bajó por vía de descargue en la Cámara de Representantes ayer jueves, para concurrir con las enmiendas incluidas en el proyecto de ley.
Los cambios incluidos en la medida legislativa por el Senado anteriormente fueron en el lenguaje, para hacer la salvedad de que las multas impuestas no sean pasadas a la factura de luz de los clientes.
A pesar de la especificidad, la representante Lisie Burgos fue la única que votó en contra al proyecto ya que entiende que, de una manera u otra, el aumento en las multas puede ser cobrado a los clientes.
La pieza legislativa establece en su exposición de motivos que las experiencias de los pasados años con los operadores privados queda demostrado sobre "la necesidad imperante de facultar al Negociado de Energía con mayor autoridad fiscalizadora sobre las entidades reguladas".
Ahora más que se pronostican 90 apagones en el 2025, según un análisis preliminar de LUMA Energy, por la alta demanda de energía que se espera entre mayo y septiembre.
Esto significa a 4.5 veces más apagones en comparación con el 2024 sin contar con que la unidad 1 de la central Aguirre en Salinas estará fuera de servicio todo el 2025, así como la unidad 2, que también tuvo fallos en el generador, estará fuera de servicio.
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La medida establece que la persona o compañía de energía que incurra en violaciones a la ley, tendrá que pagar hasta un máximo de $125,000 diarios por cada violación. Estas multas no excederían del 5% de las ventas brutas anuales, en el caso de los operadores privados.
El mínimo de multa será de $15,000. Antes de esta medida, no existía un mínimo de monto a cobrar.
De igual manera, si la empresa privada persiste en la violación el Negociado le podrá imponer multas adicionales de hasta un máximo de $250,000 diarios por cada violación.
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El P de la C 268 también establece que "las multas administrativas serán pagaderas de fondos propios de la entidad regulada y bajo ningún concepto serán transferidas a los consumidores o incluido como un costo en la factura".
Otros de los incisos de la medida dice que el Negociado de Energía podrá además ordenar a cualquier agencia, dependencia, oficina, corporación púbica, programa o entidad de Gobierno que posea "cualquier acreencia con el Negociado de Energía, hasta el monto de la sanción, para garantizar el fiel cumplimiento con la misma".
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La medida legislativa recibió un informe positivo el pasado 21 de febrero de la Comisión de Gobierno, que preside el representante Víctor Parés Otero.
El Negociado de Energía explicó en las vistas pasadas que las sanciones económicas significativas "crean incentivos para que las empresas cumplan con los estándares de calidad, confiabilidad y eficiencia...a su vez redunda en un sistema eléctrico más robusto, costos operacionales más eficientes y un mejor servicio para los consumidores".
La votación en la Cámara cerró 49 votos a favor y uno en contra por parte de la representante Lisie Burgos.
La Cámara de Representantes recesó los trabajos hasta el próximo lunes.
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