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LGBTT

Vivienda federal ya prohibe lo que religiosos objetan del proyecto antidiscrimen LGBTT

La ficha de tranque que ha utilizado un grupo de religiosos para oponerse a la aprobación del proyecto 238 y que varios legisladores han aceptado, se trata de una concesión que el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano Federal (HUD, por sus siglas en ingles) ya prohibió en todos sus programas de vivienda subsidiada, así como en las regulaciones que rigen al sector de prestamos hipotecarios.

Uno de los argumentos que trajeron algunos religiosos durante el proceso de vistas públicas es que el proyecto contiene un artículo que enmienda la 'Ley de Derechos Civiles de Puerto Rico' para establecer que ninguna persona que posea el derecho de vender o arrendar una vivienda, podrá negarse a conceder una opción de venta a cualquier otra persona por cuestiones de orientación sexual o identidad de género. Es decir, si una propiedad de la iglesia evangélica o católica está para la venta, el vendedor no puede preguntarle los datos personales (relacionado a su edad, raza, sexo o preferencia sexual) a la persona que esté interesada porque puede dar paso a discriminación.

Sin embargo, argumentar que se le podría negar a alguien una opción de vivienda porque sus creencias no son acorde con las del arrendador o vendedor, es una premisa errónea, según varios representantes del sector de bienes raíces e hipotecas.

Precisamente, hace poco más de un año, el gobierno federal aprobó un nuevo reglamento para evitar que se excluya al sector LGBTT de oportunidades de vivienda en el sector privado. Como parte de su programa de Equidad de Vivienda e Igualdad de Oportunidades, el HUD prohibió que los propietarios de viviendas asistidas o aseguradas por el gobierno pregunten acerca de la identidad de género u orientación sexual de un solicitante con el fin de determinar su elegibilidad.

Asimismo, existe una ley federal que prohibe el discrimen en la otorgación de préstamos hipotecarios. Un banco que vaya en contra de ese reglamento al preguntar al solicitante su sexo, edad, religión, raza o estatus matrimonial, podría estar en riesgo hasta de perder la licencia.

'En el momento en que un ciudadano va a comprar un bien inmueble cuyo financiamiento es a través de un banco, ese banco tiene que cumplir con las regulaciones del ECOA (Equal Credit Opportunity Act), que establece que no se puede discriminar. Eso implica que no se le pueden hacer preguntas a las personas de su carácter personal porque estás discriminando. Ahora, en un alquiler privado es decisión privada de las personas a quién le venden su propiedad. Ahí no hay ninguna ley que proteja a esa persona de ser discriminada', explicó a NotiCel el Presidente de M-Loan, Luis Raul Padilla.

(Josian Bruno/NotiCel)
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