Alcaldesa de SJ detiene titulos de propiedad en Caño Martín Peña
Tal y como anunció en su toma de posesión sobre las primeras 100 horas de su gestión gubernamental, la alcaldesa de San Juan, Carmen Yulín Cruz Soto, anunció el domingo la firma de dos órdenes ejecutivas para ordenar el cese inmediato del otorgamiento de títulos de propiedad en el Caño Martin Peña y abolir el discrimen en la concesión de beneficios de salud a los empleados municipales por motivos de orientación sexual, matrimonio o sexo.
'Con estas órdenes ejecutivas, damos fiel cumplimiento a nuestra palabra empeñada de hacerle justicia en nuestra administración municipal a los residentes del Caño y a las uniones de hecho que fueron hasta ahora largamente marginados de los asuntos y decisiones gubernamentales en el Municipio de San Juan', afirmó Cruz Soto en una conferencia de prensa.
La primera orden ejecutiva dispone, como medida provisional, que todas las dependencias administrativas y funcionarios del ayuntamiento deben cesar inmediatamente la otorgación de títulos de propiedad a residentes del G-8 dispuesta por la pasada administración municipal. Al mismo tiempo, se ordena también la realización de un estudio y evaluación de los terrenos en el Caño para adelantar los propósitos del Proyecto ENLACE, el cual persigue la tenencia y desarrollo colectivo de esas tierras.
'Esta disposición representa un gigantesco paso de avance en nuestro compromiso de ayudar a la rehabilitación integral del Caño Martín Peña, siguiendo el modelo de un desarrollo integrado con base en el apoderamiento comunitario a que aspiran sus residentes', enfatizó la ejecutiva municipal.
La segunda orden ejecutiva forma parte del compromiso de la alcaldesa de abolir todo posible discrimen en la cubierta del plan médico a los empleados municipales para que se incluyan a las uniones de hecho, indistintamente de su composición.
'La nueva política pública del Municipio de San Juan reconoce la unión de hecho entre dos personas solteras, adultas, que están en una relación sentimental y que cohabitan sin estar casadas entre sí, indistintamente de cuál sea su composición. A estos efectos, los planes médicos que pretendan ofrecer cubierta a nuestros empleados deberán considerar como miembro del contrato del grupo familiar a la pareja del empleado o empleada, bajo unión de hecho, y los dependientes de éstos que puedan surgir como resultado de ese vínculo de pareja. Estamos siguiendo un modelo similar al de la Universidad de Puerto Rico', puntualizó Cruz Soto.
La alcaldesa de la capital destacó que la extensión de este beneficio de salud a las uniones de hecho deberá cumplir unos requisitos. En primer lugar, el asegurador podrá solicitar una declaración jurada en la que el asegurado(a) principal y su pareja consensual reconozcan su vínculo por tiempo indefinido y que no están casados con personas ajenas a la relación.
Igualmente, tendrán que declarar bajo juramento que tienen residencia en común y que la comparten como pareja, y que no están relacionados por lazos familiares dentro del segundo grado de afinidad o cuarto grado de consanguinidad. Asimismo, el empleado deberá notificar al Municipio y al asegurador la disolución de la unión de hecho dentro de los treinta días siguientes a su terminación.
'Estos compromisos forman parte de los 21 acuerdos de colaboración suscritos con las comunidades, y son los primeros dos pasos que estamos dando en el camino que hemos trazado de un San Juan equitativo, de inclusión, sana convivencia y de respeto a la diversidad que transforme a nuestra capital en un lugar ideal para vivir, visitar, estudiar y hacer negocios', expresó finalmente la alcaldesa de San Juan.