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ELA rechaza que el retiro de maestros sea un derecho adquirido

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El Gobierno de Puerto Rico tendrá que probar ante el Tribunal Supremo que la Ley 160, con la cual reformó el Sistema de Retiro de Maestros (SRM), es necesaria, razonable y dirigida a adelantar un interes público, en lugar de intereses particulares, durante la vista argumentativa que tomará lugar este miercoles como parte del proceso judicial que comenzó en enero, tras la aprobación atropellada de la ley en víspera de Navidad.

A más de 12 horas de que inicie la vista, la organización Educamos ha formado un campamento a las afueras del Tribunal en un reclamo por la sensibilidad del pueblo ante lo que conciben como la violación de sus derechos contractuales.

El gremio, representado también por la Asociación de Maestros de Puerto Rico, insiste en que la conversión del plan de retiro a un sistema de aportaciones definidas beneficia únicamente al Estado y al mercado de bonos de los inversionistas, en lugar del interés público.

En su alegato, el ELA responde con la misma táctica que el magisterio, solicitando que los demandantes sean quienes evidencien que la ley no es necesaria, ni razonable y que existían alternativas menos onerosas. En lugar de entrar en el juego de las explicaciones, el estado se limita a reiterar que la ley persiguió un interés público de solventar el déficit del SRM, que a su vez provocaba un efecto adverso en el crédito del país.

La línea de defensa se sostiene en que los participantes no tienen derecho a recibir una pensión determinada hasta tanto hayan cumplido con todas las condiciones aplicables o, en otras palabras, que los beneficios pueden ser enmendados por el gobierno previo a la jubilación de los participantes, según lo determinó el tribunal en el caso Bayrón Toro. El gobierno alega que los beneficios adquiridos de los participantes, no se pierden y agrega: ‘la simple esperanza o expectativa de que una ley siga en su forma original jamás puede ser considerada como un derecho adquirido’.

Los sindicatos magisteriales plantean que la ley incumple con las obligaciones contractuales, pues afecta las expectativas de los maestros respecto a su retiro y cita los ejemplos de nueve interventores que tendrán una merma de cientos de dólares mensuales en su pensión.

Los maestros solicitan, además, al Tribunal que le exija al Estado evidencia de que la Ley es necesaria, puesto que afirman que no quedó constatado en el proceso de vistas públicas. Señalan que no se encomendaron estudios de los beneficios de la ley, ni se prepararon estudios actuariales actualizados.

‘No surge de ningún récord cómo se determinó que la Ley 160 era la alternativa viable menos onerosa para los participantes del SRM’, lee su alegato. ‘La Parte Demandada demuestra mediante sus alegaciones, argumentos y evidencia que algo se tenía que hacer y que algo se hizo, pero no pueden demostrar que lo hecho fue lo correcto’, añaden.

En un último argumento, el magisterio pone en duda el elemento de razonabilidad de la Ley debido a que no consideró el efecto que iba a tener de provocar la renuncia de miles de maestros, lo que agravaría la situación fiscal del SRM y la crisis económica del país.

Los demandantes establecen, además, que debido a que el SRM tiene fondos para cumplir con sus obligaciones hasta 2020, ‘no existe justificación alguna para la manera apresurada y atropellada en la que se aprobó la Ley Núm. 160’.

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