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Tribunales

Jueza presidenta acepta parte de la culpa por falla que permitió que el asesino de Yauco no tuviera grillete

Sostuvo que la información sobre la reincidencia del asesino estuvo disponible para una jueza.

Maite Oronoz.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

La jueza presidenta del Tribunal Supremo, Maite Oronoz Rodríguez, reconoció esta tarde, en un comunicado de prensa que la jueza Ginny Vélez Carreras debió haber sabido que Wilfredo Santiago Fjgueroa, autor de la segunda masacre del año, era reincidente como violador de la Ley de Violencia Doméstica y requería que se le colocar un grillete electrónico al ser procesado por violar una de estas órdenes.

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Oronoz Rodríguez se expresó poco después de que NotiCel solicitara mediante moción audios de la vista de causa para arresto contra Santiago Figueroa, de la vista preliminar y de la vista en que se ratificó la orden de protección.

De izquierda a derecha: Luis Miguel Morales Vázquez, Lizzette Vázquez Vélez y Linnette Morales Vázquez.
Foto: Foto captura

La jueza adminitradora del Tribunal de Ponce, Lissette Toro Vélez, le ha otorgado a la fiscalía un plazo de cinco días para expresarse sobre la petición.

PDF: Mocion grabacion.pdf

Pero tan pronto Oronoz Rodríguez, en un comunicado de cinco párrafos, reconoció la responsabilidad del Poder Judicial, indicó que el Ministerio Público “debe llevar a cabo una evaluación de las gestiones y comparecencias en los Tribunales de los fiscales asignados al caso. Incluyó como responsables también al Programa de Servicios con Antelación al Juicio, el Departamento de Corrección y Rehabilitación y la Policía de Puerto Rico.

“Aunque la denuncia no establecía la reincidencia, la información disponible establece que la persona imputada de delito tenía una convicción previa por violencia doméstica, lo que revelaba factores de riesgo que se debieron tomar en cuenta al establecer medidas como la fianza y la supervisión electrónica”, indicó Oronoz Rodríguez.

Se refirió a que el 10 de enero el Ministerio Público presentó una denuncia contra Santiago Figueroa por violación a la orden de protección. Vélez Carreras encontró causa para arresto por el Art. 3.1 de la Ley Núm. 54. Se le impuso una fianza de $5,000, la cual Ministerio Público no objetó. No se alegó reincidencia ni tampoco se solicitó supervisión electrónica.

Oronoz Rodríguez reconoció que Vélez Carreras pudo saber desde el 10 de enero que el hombre era reincidente.

En la vista preliminar del 24 de enero tampoco la fiscalía solicitó durante la audiencia que se le colocar al individuo un grillete y no lo hizo hasta las 4:55 p.m.

Oronoz Rodríguez señala que la fiscalía tampoco solicitó una revisión de las condiciones impuestas, entiéndase una fianza de $5,000 y salir sin grillete. Además, dijo que la Policía tenía conocimiento de violaciones previas de órdenes de protección por parte de Santiago Figueroa y no se canalizaron a través del tribunal.

Señaló que no descarta tomar decisiones administrativas adicionales o proponer modificaciones de los procesos.