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Tribunales

PFEI archiva querella contra alcalde de Florida

No se encontró ninguna evidencia que sustentara la querella.

El Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (FEI) acogió Ia recomendación de no designarle un fiscal especial al alcalde del Municipio de Florida, José E. Gerena Polanco, por no existir la prueba necesaria que establezca Ia comisión de un delito.

La querella inicial alegaba que el alcalde había implementado un esquema de fraude electoral. La información estaba contenida en una carta escrita a mano, no firmada ni juramentada, recibida en el Departamento de Justicia el 6 de noviembre de 2O24 y estaba remitida a nombre de “Ana M. López” del “Barrio Tosas, Florida’.

El mismo supuestamente consistía en acudir a Ia égida de Ia Florida, ofrecer a los residentes la suma de $125 a cambio de sus votos, incautarles sus tarjetas electorales e intimidarlos con Ia amenaza de desalojo si no accedían a su propuesta.

La secretaria Janet Parra Mercado asignó Ia querella a la División de Integridad Pública y Oficina de Asuntos del Contralor (DIPAC), quienes llevaron a cabo Ia investigación preliminar.

Como parte de la investigación, se entrevistaron residentes de dicha égida, a Ia gerente de Ia instalación, a Ia supuesta remitente de Ia querella, Ana María López Oquendo, y a personal vinculado a la campaña política del alcalde. Ninguno de los residentes entrevistados corroboró las alegaciones. Todos negaron haber recibido dinero, haber sido intimidados, o que el alcalde hubiese visitado Ia égida con esos fines. López Oquendo negó ser la autora de la carta y declaró que nunca radicó querella alguna contra el alcalde.

Según el Panel del FEI, la querella carece de la firma y el juramento, por lo que no satisface los requisitos básicos para iniciar un procedimiento con valor probatorio. La persona identificada como remitente negó, bajo juramento, haber redactado o enviado Ia querella, y su testimonio fue corroborado por evidencia documental. Tampoco se encontró evidencia independiente que corrobore las alegaciones del manuscrito recibido en Justicia.

El Panel concurrió con Justicia en cuanto a que la prueba recopilada resulta insuficiente para establecer que Gerena Polanco incurrió en conducta tipificada como delito bajo el Código Penal o el Código Electoral de Puerto Rico.

Por lo tanto, el Panel acogió la recomendación de la secretaria de Justicia y se dispuso el archivo del caso.