Tribunal reafirma sentencia de manifestante encapuchado
El Tribunal de Apelaciones reiteró la convicción de un manifestante que, con el rostro cubierto, chocó contra la Policía en agosto de 2016 en una protesta que buscaba impedir la circulación del periódico El Nuevo Día por la postura de ese medio a favor de la Junta de Control Fiscal (JCF).
El panel de jueces, encabezado por el juez Gerardo Flores y que incluyó a la jueza Ivelisse Domínguez Irizarry y al juez Miguel Cancio Bigas, sopesó los reclamos del convicto de que la acción policial ese día le coartó su libertad de expresión, pero no favoreció ese argumento.
La decisión tiene fecha del 19 de abril pasado y ocurre en el contexto de un llamado de distintos sectores para repetir este próximo 1 de mayo el Paro Nacional que se convocó el 1 de mayo de 2017 y que concluyó en el arresto de manifestantes por destrucción a la propiedad.
El caso de apelaciones versa sobre Omar Vázquez Álamo, a quien se le impuso multa de $500 y 80 horas de labor comunitaria por los delitos de resistencia u obstrucción a la autoridad pública y el uso de disfraz en la comisión de un delito.
Vázquez Álamo apeló la convicción apuntando a que su procesamiento penal fue resultado de un acto ilegal de parte de la Policía, a los que responsabilizó de impedirle su derecho a la libre expresión.
La madrugada de ese 29 de agosto, un grupo de manifestantes desplegó una pancarta en la entrada principal de las instalaciones del periódico con el propósito expreso de impedir los accesos y llevar un mensaje de repudio al medio por su línea editorial. La Policía, según el testimonio, ofreció asegurar al grupo un lugar cercano pero estos no aceptaron. La Unidad de Operaciones Tácticas fue activada para 'limpiar' el área y restablecer la circulación vehicular y es luego de eso que el acusado se torna hostil y rompe el perímetro de los agentes, conllevando su arresto.
Al descartar la defensa de libertad de expresión, el panel recalcó que, al impedir la salida de los camiones con el periódico, Vázquez Álamo tambien 'obstaculizó el derecho a la libertad de prensa que cobija (al periódico)'.
'Ciertamente los manifestantes tienen derecho a denunciar y fiscalizar cualquier práctica o ejercicio inmesurable del privilegiado derecho constitucional que le asiste a los periodistas y a las empresas que operan los medios de comunicación. Sin embargo, el derecho constitucional a expresarse libremente y a asociarse no puede ejercitarse reduciendo el derecho constitucional a la libertad de prensa, mucho menos mediante el empleo de mecanismos antijurídicos', concluyó la decisión del panel.
Para ver la decisión, pulse aquí.
Protesta frente a GFR Media el 29 de agosto de 2016. (Juan R. Costa / Archivo NotiCel)
Protesta frente a GFR Media el 29 de agosto de 2016. (Juan R. Costa / Archivo NotiCel)
Protesta frente a GFR Media el 29 de agosto de 2016. (Juan R. Costa / Archivo NotiCel)
Protesta frente a GFR Media el 29 de agosto de 2016. (Juan R. Costa / Archivo NotiCel)
Protesta frente a GFR Media el 29 de agosto de 2016. (Juan R. Costa / Archivo NotiCel)