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Tribunales

Fortuño y García Padilla cabildearon al Supremo por regla que trae “riesgo significativo” a abogacía

Cambio le permitirá a los bufetes lo que no se le permite hacer a las demás corporaciones profesionales en la isla.

Los exgobernadores Luis Fortuño y Alejandro García.
Foto: Edgardo Medina Millán / NotiCel

Los exgobernadores Luis Fortuño Burset (Partido Nuevo Progresista) y su sucesor, Alejandro García Padilla (Partido Popular Democrático) fueron dos de los firmantes en un esfuerzo de cabildeo para que el Tribunal Supremo adoptara, como recién adoptó, una regla que permitirá que personas que no son abogadas licenciadas sean copropietarios de bufetes y oficinas legales, lo que un juez asociado calificó como un “riesgo significativo” a la abogacía en la isla.

La Ley General de Corporaciones requiere que solo personas licenciadas en la profesión en la que la corporación ofrece servicios sean accionistas, pero la modificada Regla 5.4 de Ética Profesional permitirá lo contrario en corporaciones que prestan servicios legales. Los no abogados pueden ser dueños de hasta el 49% de la corporación legal.

La adopción de las nuevas Reglas de Conducta Profesional ocurrió mediante voto unánime del Supremo el 17 de junio pasado. Es la reglamentación que sustituye los Cánones de Ética que estuvieron 55 años en vigor. Ninguno de los organismos que intervino en la elaboración de las reglas favoreció la disposición de inversionismo, por lo que es una modificación que introdujo el pleno del Supremo.

Los jueces asociados Luis Estrella Martínez y Ángel Colón Pérez, así como la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez, matizaron su voto afirmativo con algunas objeciones, como la que tienen con el nuevo esquema de inversionismo en la profesión legal. Oronoz Rodríguez dijo que, distinto a la mayoría del foro, no cree que “Puerto Rico es la jurisdicción con las mejores condiciones para asumir este experimento”.

Esto último en referencia a que la disposición no está entre las Reglas Modelo de la American Bar Association (ABA) que se supone sirvieran de base para la revisión de las reglas en Puerto Rico. Solo Arizona, Utah y el Distrito de Columbia están explorando este esquema de inversión y el Supremo dispuso que la “efectividad” de esa disposición nueva se someterá a evaluación no más tarde de en tres años para determinar si continua.

Según se desprende del trámite para evaluar y aprobar las reglas de conducta, que comenzó en 2013, la mayoría del Supremo adoptó la disposición después de un esfuerzo de cabildeo de parte de la Trial Lawyers of Puerto Rico (TLPR). Se trata de una organización distinta al Colegio de Abogados y a la Puerto Rico Lawyers Association, las que recogen a los profesionales del Derecho, quienes ya no están sujetos a colegiación compulsoria. La TLPR la formaron en 2021 los abogados Paul Napoli, Marie K. Napoli y Hunter Shkolnik, quienes son inversionistas residentes beneficiarios de la Ley 22.

La TLPR envió una carta, y otro materiales, en la que defendió la inclusión de la disposición, porque la razón por la que no está en las reglas modelo es que estas son una “regulación parroquial egoísta de los líderes de la (ABA), que se benefician de una regla que protege a los bufetes bien establecidos de la potencial competencia que podría representar la creación de bufetes de profesionales innovadores y emprendedores”. Añadieron que la disposición traería “mayor acceso a los servicios legales, eficiencia mejorada en el desempeño de la ayuda legal y capacidad aumentada para la innovación legal dentro de la jurisdicción”.

Además de los exgobernadores, la carta de la TLPR la endosan el exdirector de la Autoridad de los Puertos, Anthony Maceira Zayas, Carlos Baralt Suárez y Pedro Ortiz Álvarez.

En su oposición, Estrella Martínez argumentó que la disposición “no resolverá los problemas que sus defensores afirman abordar, sino que, en realidad, podría generar riesgos significativos para la profesión jurídica”. Añadió que se “crea un vacío de control y fiscalización” porque el Supremo no tiene capacidad de disciplinar a esos inversionistas que no son abogados, por lo que quedan inmunes si incurren en conducta antiética en el manejo de pleitos y de actuaciones que tienen que ver directamente con el trabajo legal ante un cliente o un foro.

Destacó que una investigación que realizó el Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial sobre esta disposición en otras jurisdicciones arrojó que, “en la práctica, las personas inversionistas suelen estar impulsadas por intereses estrictamente económicos, lo que no garantiza una mejora en la oferta de servicios legales accesibles para la ciudadanía puertorriqueña ni en la calidad del servicio legal”. Presionar para obtener una transacción que le permita compartir honorarios, en vez de representar el mejor resultado para el cliente es un ejemplo que proveyó el juez sobre la conducta que se puede desarrollar.

Este no es el único cambio que traen las nuevas Reglas de Conducta. Otro que tuvo comentarios de rechazo de parte de otros jueces asociados es la ampliación que se hace para cubrir a los notarios y a los fiscales en el Ministerio Públicos.

Otros cambios son: se recomienda, pero no se obliga, a que los acuerdos de servicios legales sean por escrito, particularmente los arreglos sobre honorarios contingentes (los que se cobran solo si se gana el pleito); se adopta el concepto de “muralla china” para permitir la representación de intereses en conflicto dentro de un mismo bufete tomando ciertas salvaguardas; se requiere tener “competencia y diligencia tecnológica”; se establecen prohibiciones sobre “realizar manifestaciones falsas o con grave menosprecio a la verdad sobre las cualificaciones o la integridad de jueces, juezas, funcionariado del Ministerio Público u oficiales adjudicativos”; se descarta el concepto de “apariencia de conducta impropia” como criterio para imponer disciplina.

Las reglas nuevas entran en vigor el 1 de enero de 2026 y a los miembros de la profesión se les requiere tomar seis horas de educación sobre estas desde ahora hasta fines de 2026. Uno de los proveedores que se mercadea activamente para ofrecer los cursos es un miembro del propio Supremo, el juez asociado Erick Kolthoff Caraballo.

Para leer las opiniones de los jueces del Supremo al adoptar las reglas nuevas, pulse aquí.

PDF: ER-2025-02.pdf

Para leer las nuevas Reglas de Conducta Profesional, pulse aquí.

PDF: Reglas de Conducta Profesional de Puerto Rico.pdf

Para una comparación entre las reglas anteriores y las nuevas preparada por uno de los integrantes del comité que las trabajó, pulse aquí.

PDF: 250619 Comparacion_Completa_Etica_1970_vs_2025.pdf

Para materiales de la TLPR a favor de la regla de inversionismo en la profesión legal, pulse aquí.

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.