'Ningún derecho es absoluto': libre expresión vs. orden civil
Desde que existen las protestas y la desobediencia civil, siempre ha habido una línea divisoria entre quienes se escudan en el derecho fundamental a la libre expresión y quienes afirman que se ha cometido delito por intrusión a la paz o tranquilidad.
Para los abogados defensores de los derechos civiles, consultados por NotiCel, son pocas las excepciones que se pueden aplicar para quitarle el derecho a una persona que quiera expresarse, ya sea mediante discurso puro o mediante un acto de protesta como el ocurrido el jueves.
'Ningún derecho es absoluto. Tienen sus parámetros. Eso sí, te puedo decir que el derecho a libre expresión es bastante amplio y son pocas las excepciones que quitan la razón a que una persona quiera expresarse', comentó el Director del Capítulo de Puerto Rico, de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), William Ramírez.
El derecho a la libre expresión protege incluso las palabras ofensivas o desagradables contra personas privadas o públicas, según lo demostró el Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso Snyder v. Phelps, donde un grupo de la Iglesia Bautista deWestboro fueron a protestar al funeral de un soldado con pancartas que leían 'Vas al infierno' y 'Gracias a Dios por los soldados muertos', entre otras cosas.
En ese caso el Tribunal resolvió que no se podía hacer responsable de un delito de angustia emocional a una persona que se exprese en una acera pública sobre un asunto público.
'El Tribunal Supremo resolvió que tenían derecho a expresarse y por más degradante que sea, sigue siendo expresión y es expresión protegida', abundó Ramírez.
En todo caso, la libertad de expresión sólo puede ser limitada si hay una justificación de interés apremiante o urgente del Estado, o si la persona acompaña el discurso con algún uso de fuerza.
'El Estado tiene interés apremiante de que haya orden, pues hay formas de que haya orden sin que se prohiba la protesta. Por ejemplo, el Estado puede decir que protesten en un carril, en lugar de ocupar toda la carretera. O, que a partir de tal hora, no se usen altavoces, pero sin que se prohiba la expresión', explicó el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados, el licenciado Osvaldo Burgos.
Asimismo, argumentó que la restricción no puede trastocar el fin para el cual la persona se está expresando. 'Si estas en un sitio donde la persona no te escucha, no estas cumpliendo tu acometido al expresarte y no es razonable', comentó.
Otras limitaciones a la libertad de expresión pueden tomar lugar cuando las expresiones son libelosas, difamatorias, que invitan a la riñao que constituyen delitos, como alteración a la paz.
'Hay expresiones que las persona las pueden considerar irrespetuosas, pero todo depende del contexto. Tiene que hacerse un balance caso a caso y siempre haciendo escrutinio estricto... Ahora si tú incitas a la gente a hacer algún daño o incitas a un motín, eso no está protegido. Allí el interés del Estado va por encima de ese interés individual', alcaró Burgos.
Durante la tarde del jueves, el joven Ibrahim García tuvo un intercambioverbalcon la exgobernadora Sila Calderón, donde le impidió salir en su carro del estacionamiento del Centro para Puerto Rico, en Río Piedras.