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Boston deja en manos locales el pleito del Procurador del Veterano (documento)

El Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de Boston devolvió esta semana al Tribunal de Distrito federal la solicitud de interdicto que había radicado el procurador del Veterano, Agustín Montañez Allman, para que se le reinstalara en su puesto al destacar que ya existe un remedio bajo la ley local luego de que el Tribunal Supremo de Puerto Rico decidiera otro caso similar.

En el 2013, el juez federal Juan M. Pérez Giménez, concedió un interdicto para que el Gobierno reinstalara en su cargo al procurador Montañez Allman, quien fue nombrado en 2011 por el entoncesgobernador Luis Fortuño a un término de diez años.

Montañez Allman y otros funcionarios fueron removidos de sus puestos luego que se aprobara una ley bajo la actual administración que eliminaba cuatro procuradorías y creaba unas nuevas.

El Juez federal determinó que el funcionario tenía una expectativa legítima de continuidad en dicha posición hasta noviembre de 2021, así como un interés propietario en dicho nombramiento.

Concluyó, además, que al remover a Montañez Allman de su puesto, el gobernador Alejandro García Padilla, ignoró el derecho de dicho funcionario a un debido proceso de ley, protegido al amparo de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.

Así las cosas, el gobierno apeló al tribunal de Boston. Mientras tanto, el Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó el 19 de junio de 2014que Iván Diaz Carrasquillo poseía un interés propietario sobre su empleo como Procurador de Personas con Impedimentos y sólo se le puede despedir por justa causa y siguiendo un debido proceso de ley, por ser dicho empleo uno cuasi legislativo y judicial.

Se indicó la diferencia entre una acción legislativa y una administrativa. La primera posee inmunidad y la segunda no. Se indicó que no es una acción legislativa cuando 'la actuación es un subterfugio para destituir al empleado de su cargo, lo cual sucede cuando acto seguido a la derogación se crea otro cargo cuyos deberes y obligaciones son iguales al anterior, pero con otro nombre'.

El Supremo hizo su determinación luego de que el Tribunal Federal solicitara una certificación interjurisdiccional que fue apelada por el gobierno al Tribunal de Boston, el cual determinó que DíazCarrasquillo no poseía dicho interés propietario.

En la decisión del miércoles, el Tribunal de Boston refirió el caso de Montañez Allman al Tribunal Federal local para que dejara en 30 días sin efecto el interdicto para que el funcionario pueda radicar su reclamo, desestimara su reclamo de violación al debido proceso de ley, y resolviera su querella de violación a la primera enmienda.

Los jueces dijeron que ambas partes del caso entendieron que existe un remedio adecuado para Montañez Allman en los tribunales locales luego de la determinación del Supremo.

Decisión del Circuito de Apelaciones en caso del Procurador del Veterano - NotiCel_11775

Agustín Montañez Allman (Josian E. Bruno Gómez/Archivo NotiCel)
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