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No ha lugar demanda para impugnar subasta de escrutinio electoral

El juez superior Ángel Pagán desestimó el jueves la demanda de la compañía Smartmatic que impugnaba la subasta para llevar a cabo el escrutinio electrónico al destacar que el Tribunal no tiene jurisdicción sobre el caso.

'Declaramos con lugar las solicitudes de desestimación presentadas por la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), su Presidenta, los comisionados electorales del Partido Popular Democrático (PPD), del Partido Nuevo Progresista (PNP), y la parte con interés, al no tener jurisdicción para atender lo solicitado debido a que Smartmatic incumplió con los requisitos jurisdiccionales, de presentar la propuesta a tiempo y de pagar la fianza requerida', dice el documento.

Según la cronología del proceso explicado en la demanda, la CEE se negó a recibir la propuesta de Smartmatic aduciendo que la misma no había sido entregada a tiempo. Del documento legal surge que Smartmatic acudió a presentar su propuesta conforme al Reglamento de la Junta de Subastas y la hora que surgía del Pliego de Subasta. La firma acudió a entregar la propuesta media hora antes del tiempo estipulado en el pliego de la licitación que era a la 1:00 p.m., y fue rechazada. Luego, trató de justificar su tardanza alegando que el uso y costumbre internacional en materia de subastas de alguna manera provocaron una confusión excusable que la llevó a intentar entregar su propuesta después de la hora límite, puesto que a nivel internacional la hora de entrega y de apertura de propuestas son las mismas. La CEE abrió la subasta a la 1:30 p.m. Pagán dijo que ese argumento no lo persuade.

Según el Juez, la única propuesta recibida fue la de Dominion. No obstante, Smartmatic estuvo presente en la apertura de la propuesta de Dominion y conoció el precio por el cual licitó dicha compañía, a pesar de que su propuesta no fue aceptada. Dominion resultó ser el licitador agraciado según adjudicado de forma unánime por la Junta de Subastas de la CEE.

Una vez celebrada la subasta y adjudicada la buena pro a Dominion, y que conoció el precio cotizado por la compañía que resultó agraciada, Smartmatic radicó una impugnación ante la Junta de Subastas, pero no prestó la fianza.

'Adviértase, que Smartmatic se sometió a un procedimiento administrativo creado por la CEE y estuvo conforme en cumplir las disposiciones del RFP, por lo cual está impedida de solicitar que se le exima de cumplir con Io que se obligó', sostuvo el Juez.

Según Pagán,Smartmaticevadió el cauce administrativo al no presentar su propuesta a tiempo y no prestar la fianza requerida. 'Por lo tanto, coincidimos con la CEE, su Presidenta y los comisionados electorales en afirmar que se incumplió con el requisito jurisdiccional que permitía a la Junta de Subastas de la CEE y a su Presidenta atender los reclamos de Smartmatic. Razón por la cual estamos impedidos de revisar la presente solicitud', dijo.

Juez Ángel Pagán (Archivo/NotiCel)
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