Juez ordena certificar aspirante independiente a la Cámara (documento)
El juez Ángel Pagán Ocasio, del Tribunal Primera Instancia de San Juan, ordenó el viernes a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) certificar como candidata independiente a la Cámara de Representantes por el Distrito 4 de San Juan a María de Lourdes Guzmán, quien había demandado a la CEE para que redujeran la cantidad de endosos requeridos para ser certificada por ese organismo.
El Tribunal entendió que bajo el principio constitucional de igualdad electoral no procede aplicarle a la licenciada Guzmán la enmienda a la Ley Electoral aprobada en diciembre de 2014 que aumentó la cantidad de endosos requeridos de un uno por ciento a un tres por ciento.
Al eliminar este requisito, Guzmán, que ya ha presentado más del 1% de los endosos requeridos, debe ser certificada oficialmente como candidata independiente a la Cámara. 'Hoy celebramos que este reclamo ciudadano haya encontrado eco en el Tribunal y confiamos que sea extensivo a todas y todos los candidatos y candidatas independientes que aspiran a participar del evento electoral', afirmó Justo Mendez Arámburu, portavoz de VAMOS. 'Mientras más participación se permita, más se ampliarán los espacios democráticos para el pueblo', añadió.
El portavoz de VAMOS lamentó que el Partido Popular Democrático (PPD) insistiera hasta el último momento en objetar el reclamo ciudadano que se presentó ante el tribunal. Guzmán junto a un grupo de ciudadanos y organizaciones reclamaron ante el Tribunal de San Juan que se declare inconstitucional los artículos de la Ley Electoral que fijan un número desigual de endosos a candidatos independientes para cargos electivos públicos, y exigieron que se amplíe el tiempo que la ley brinda a estos para entregar los mismos. Los candidatos independientes solo tienen 46 días para entregar y validar todos sus endosos. Los demandantes destacaron que a partir de la enmienda de la Ley Electoral en diciembre de 2014, se triplicaron los requisitos en relación a los endosos que deben obtener estos candidatos. Por ello solicitan que se establezca el mismo número de endosos que los que se requieren a quienes aspiran bajo la insignia de algún partido político. El juez Pagán Ocasio había hecho un
acercamiento tanto a la CEE como a la representación legal de Guzmán y los otros demandantes para que consideraran solicitar que se validaran los endosos que requiere la Ley Electoral de 2011 que es la que rige durante el presente ciclo electoral. Según la jurisprudencia aplicable, las partes demandantes entienden que las enmiendas a la Ley Electoral no rigen durante el ciclo electoral en que fueron aprobadas, por lo que las enmiendas hechas a la misma en 2014 -y que aumentan la cantidad de endosos requeridos a los candidatos independientes- no deben aplicar a la gestión de Guzmán y otras candidaturas independientes.
Sentencia Guzmán y otros v ELA y otros - NotiCel_17401