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Conforme la Cámara de Comercio con decisión sobre tarifas de transporte

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El Tribunal Apelativo declaró que las tarifas no son aplicables porque la reglamentación es nula

La Cámara de Comercio de Puerto Rico (CCPR) expresó hoy su conformidad con la decisión del Tribunal de Apelaciones que decretó la nulidad del Reglamento 9293 del Negociado de Transporte y otros Servicios Públicos (NTSP) que aumentó las tarifas de transporte.

Según el tribunal, dichas tarifas no eran aplicables por ser nula la reglamentación, informó el presidente de la CCPR, licenciado Luis Gierbolini, en un comunicado de prensa.

“Es la tercera ocasión que la CCPR prevalece en este pleito que hemos radicado consecutivamente tanto en el Tribunal de Apelaciones como en el Tribunal Supremo anteriormente. Advertimos al Negociado que ese Reglamento adolecía de las mismas debilidades del pleito anterior y nuevamente se ha decretado la nulidad.”, indicó Gierbolini.

El recurso radicado establecía que dada la nulidad del proceso de reglamentación alterno e inválido emprendido por el NTSP al emitir la Carta Circular, dicha agencia “revivió” el proceso de reglamentación abandonado cuando se promulgó otra vez el Reglamento 9293. El Reglamento al entró en vigor el 22 de agosto de 2021. A este pleito también se unió MIDA.

Lea también: Organizaciones empresariales demandan al Gobierno por tarifas de transporte

“Esperamos que el NTSP una vez y por todas se siente con todas las partes a crear una reglamentación adecuada, con estudios económicos y sin provocar un desfase en la operación de la empresa privada. Hemos invertido mucho tiempo y recursos y nos encontramos en el mismo lugar, por querer seguir alargando un tema que hay que atender de la forma correcta”, aseveró el presidente de la CCPR.

El NTSP tiene hasta el 18 de febrero de 2022 para solicitar reconsideración y hasta el 7 de marzo de 2022 para recurrir ante el Tribunal Supremo. “Hacemos un llamado al diálogo con el ente regulador y estaremos vigilantes de continuar con todas las acciones que sean necesarias para asegurar que este proceso sea uno legal y cuente con todas las garantías establecidas” concluyó Gierbolini.

En el pleito anterior sobre el mismo tema, el Tribunal Supremo notificó en conjunto con la denegatoria de la petición de Certiorari, un “No ha Lugar” a la solicitud del Frente Amplio de Camioneros para intervenir.

Lea también: Supremo declaró »no ha lugar» petición de transportistas en pleito por alza de tarifas

En julio de 2021 mientras se esperaba por esta determinación del Tribunal Supremo se convocó un paro por el Frente Amplio de Camioneros, que detuvo durante dos días los trabajos de movimiento de carga terrestre en la Isla. El Negociado decidió -para terminar el conflicto- presentar esta reglamentación en el Departamento de Estado.

Por su parte, la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) ha expresado que la regulación propuesta tiene que cumplir con el plan fiscal, presentar un aumento adecuado y excluir a los contratos privados.

Lea más en: Radican en el Departamento de Estado código de reglamentos del Negociado de Transporte

Lea aquí la decisión del tribunal:

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