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Necesaria legislación para permitir AirBnB en condominios de la isla

Otras plataformas también se perjudican.

La falta de uniformidad, ya sea en las escrituras matrices de los condominios o en legislación existente, respecto a la permisibilidad de arrendamientos a corto plazo a traves de plataformas como AirBnB podría redundar en perdidas millonarias para Puerto Rico y la devaluación del mercado de bienes raíces.

El problema se agudiza cuando los propietarios necesitan de un ingreso adicional como ese para subvencionar sus propiedades.

'Los valores de propiedades son por comparables en el mercado. Hay inversionistas que han comprado propiedades en esas áreas por su rentabilidad, tanto a largo como corto plazo. Si esas rentas se detienen, va a afectar el flujo económico. Es un efecto de oferta y demanda', explicó Marco Rosado, presidente de la Alianza de Profesionales de Condominios.

Según Rosado, quien tambien administra un condominio en la isla, propiedades en el sector turístico de Puerto Rico mantienen un alto nivel de rentabilidad en parte por su capacidad de ser arrendadas a corto plazo.

Precisamente el portal AirBnB sirve como facilitador de renta a corto plazo de habitaciones en casas y apartamentos alrededor del mundo y es una alternativa costo efectiva para aquellas personas que no pueden o quieren subvencionar cuartos de hotel.

El pasado 30 de noviembre, el Tribunal de Apelaciones de la Región San Juan-Caguas concluyó que el acto de arrendar a corto plazo habitaciones de complejos residenciales en Puerto Rico mediante AirBnB constituye una actividad comercial delictiva.

Según la determinación del caso, llamado Consejo Titular del Condominio Montecielo, en Miramar, v los codueños de uno de los apartamentos del complejo: Nancy Collins Rivera y sus dos hijos Rebekah y Raymond Tosado Collins, se efectuó una violación al Reglamento de Condominio y la Escritura Matriz de la propiedad.

Con esa decisión, 'se le está pasando el rolo a aquellas escrituras matrices que sí contemplan el arrendamiento a corto plazo', aseguró Rosado, quien hizo mención que hay condominios que especifican el tipo de arrendamiento permitido. Por eso, es fiel creyente de que son ellos quienes pueden estipular las reglas de juego.

'El ánimo es que sea cada condominio bajo su escritura matriz y reglamento que determine esas disposiciones. No debería ser 'across the board'. Hay condominios y hay condominios. Hay algunos que son atractivos y otros no. La mayoría alquilan a corto plazo, es parte de su idiosincracia', señaló.

La Coalición de Condominios, compuesta por la Alianza, la Asociación y la Federación de Condominios, elabora un borrador de enmiendas a la Ley de Condominios a estos fines.

En agosto, el Tribunal de Apelaciones de la Región de Carolina-Guayama revocó una sentencia que, en resumen, vetaba el uso de un apartamento en un condominio como espacio para alquiler a corto plazo mediante AirBnB, contrario al resultado del otro caso suscitado en noviembre.

En esa ocasión, el panel de jueces de Consejo de Titulares del Condominio Condesa del Mar v Eduardo Chamah Martínez arguyó que un arrendamiento por un período menor de 90 días para 'dormir, descansar, preparar alimentos y actividades' cumple con el carácter residencial de la propiedad.

Por eso, el plazo del arrendamiento no representaba un obstáculo para alistar el apartamento en páginas como AirBnB, Join-A-Join y Home Away, entre otras. El problema residiría en utilizar el espacio arrendado para fines comerciales, como una oficina o consultorio, por ejemplo.

La dicotomía a nivel judicial tendría solución con la creación de legislación o su elevación al foro Supremo.

'Las decisiones del apelativo no hacen jurisprudencia que es obligatoria a seguir. Esas decisiones pueden llevar a cualquier abogado a utilizarlo de referencia, no es obligatorio. No hay una prohibición. Es caso a caso. Si un abogado lo lleva al Supremo, y el Supremo decide, entonces se tiene que acatar', esbozó, por su parte, el licenciado Raúl Del Manzano.

El abogado, con especialidad en el tema, entiende que las opiniones adversas en los tribunales solo provocarían que continúe la proliferación de casos de esa naturalidad. Concordó en que la definición del tipo de arrendamiento debe provenir de una enmienda a la Escritura Matriz del condominio, la cual necesita el consentimiento unánime de los titulares de propiedad para ser insertada.

Sin embargo, debe constar en la Legislatura de Puerto Rico.

'Pienso que debería ir a la legislatura. Con esto, cada condominio va a querer interpretarlo como le convenga, vendrá una campaña para multarlos administrativamente, entre otras. Pienso que la legislatura debería actuar inmediatamente para validar o invalidar estos casos. Yo pienso que es un grave error limitar el derecho propietario', exclamó Del Manzano.

Desde su punto de vista, cerrar esas posibilidades de arrendamiento sería cerrar a Puerto Rico a la inversión externa y perjudicaría las finanzas de la Isla, ya que el Departamento de Hacienda cobra un impuesto por las habitaciones.

En junio, la oficina del gobernador de Puerto Rico anunció la alianza con AirBnB para que la compañía pagara un tributo de impuestos de habitación a la Compañía de Turismo.

En el 2015, los anfitriones locales de AirBnB acumularon un total de $16 millones, número que aumentó a $28 millones un año despues. Los datos apuntaban a que estos ingresos aportaron $23 millones a la economía de la isla.

El logo de AirBnB (Suministrada)

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