Junta de la UPR sólo transferiría fondos operacionales al BGF
Representantes claustrales de los Senados Academicos a la Junta Universitaria de la Universidad de Puerto Rico llevaron el lunes ante la Cámara de Representantes las enmiendas que consideran necesarias para el proyecto que busca la transferencia de todos los fondos de la institución al Banco Gubernamental de Fomento (BGF).
En primer lugar, el sector claustral repudió la conducta expedita del Ejecutivo y la premura de las cámaras legislativas de Puerto Rico, por negarse a realizar vistas públicas para este proyecto, y solicitó que se llevaran a cabo para garantizar un proceso ponderado, democrático y participativo.
Además, el claustro presentó sus recomendaciones para evitar que la medida legislativa atente contra la autonomía universitaria y la estabilidad fiscal del Fondo de Retiro de la UPR, entre las que solicitó expresamente que se excluya del proyecto los fondos del Sistema de Retiro de la UPR y que se especifique que los fondos de la UPR aludidos en el Artículo 9 del proyecto a transferir al BGF sean exclusivamente los operacionales.
También se sugiró definir que la 'tasa competitiva' sea lo que paguen cuentas de mercado monetario ('money market') de un mes más una prima de riesgo equivalente a bancos de calidad especulativa ya que el BGF es de alto riesgo, además de cambiar 'tasa competitiva' por 'rendimiento competitivo', siempre en relación a préstamos con alto riesgo de incumplimiento y no con bancos estables cuyas tasas son más bajas y de menos riesgo.
Asimismo, se pidió más especificidad en el lenguaje de la medida, como definir qué instrumentos del BGF son a los que se refiere la ley, ya que más allá de cuentas de depósito no define ningún otro, así como definir 'fondos operacionales'. Además, tomando en cuenta que la banca privada está sujeta a un sin número de reglamentaciones para proteger la liquidez de la institución y los fondos de los clientes, es necesario que se especifique en relación a los Fondos Operacionales que están o se puedan transferir al BGF u otros qué cuentas de reservas o medidas cautelares tomará el BGF para mantener su liquidez y responder mensualmente a las exigencias institucionales (UPR) de sus fondos operacionales, y si el BGF la estructura tecnológica y de recursos humanos para cumplir con las exigencias del volumen de transacciones.
El sector claustral entiende que si se le exige a la UPR que transfieran sus fondos operacionales al BGF sin las garantías necesarias de rendimiento competitivo no sería tan impactante si se le garantiza el manejo usual y cotidiano de sus fondos operacionales, como hasta ahora; y si el BGF paga por el uso de esos fondos a una tasa de interés razonable la cual, en efecto, podría aumentar el dinero disponible en el presupuesto de las agencias a las cuales el BGF le tome prestado.
Por último, advirtieron que no debe perderse de vista que una posible consecuencia de esta medida es que el BGF pudiera sustituir a la gerencia y a los asesores financieros de la universidad, lo que afectaría la autonomía gerencial y fiscal de la UPR.