Abogado fue 'mediador' en querella de hostigamiento a la vez que contratista de Guaynabo
El abogado Roberto Alonso Santiago rechazó haber incurrido en conflicto de intereses al no cancelar formalmente su contrato con el municipio de Guaynabo para mediar la controversia por hostigamiento sexual presentada por una agente de la policía municipal contra el alcalde Hector O'Neill.
En entrevista telefónica con este medio, Alonso aclaró que su rol en la controversia no fue como representante legal de Yenetamie Díaz Zayas ni como asesor legal del municipio de Guaynabo, función por la cual mantuvo un contrato de servicios profesionales con el ayuntamiento hasta el 31 de diciembre del 2016.
Esto contrasta con las declaraciones escritas que emitió el sábado, sin la previa autorización de Díaz Zayas, que encabezó indicando, 'Mi cliente, la señora Yenetamie Díaz Zayas, ha autorizado las siguientes expresiones'.
Explicó que acordó servir de mediador en la controversia con la querellante, quien representó anteriormente cuando fue implicada, junto otros agentes de la uniformada municipal, en el caso de fraude electoral en las primarias del 2012 contra el alcalde. De hecho, indicó además que Díaz Zayas contó con su propio abogado al momento de radicar la querella de hostigamiento sexual en junio del 2016 ante el Equal Employment Opportunity Commission (EEOC), aunque no precisó quien era.
No obstante, su contrato como asesor legal con el municipio de Guaynabo, ratificado el 8 de julio del 2016, tenía una vigencia hasta el 31 de diciembre de ese año. Sus funciones principalmente respondían a las asignaciones que proveyera la directora de la División Legal del ayuntamiento.
Estas consistían en representar el municipio en casos civiles, radicar casos civiles asignados por el municipio, preparar opiniones legales, representar personas indigentes y atender cualquier gestión que le requiera el alcalde, la vicealcaldesa o la directora de la División Legal.
Este medio cuestionó si entendía que no incurrió en conflicto de intereses al servir de mediador entre las partes, pero aun manteniendo un contrato con el municipio a lo que el abogado respondió: 'Yo entendí que no porque inclusive tan pronto activo mi función de mediador desisto, ya no trabajo más. No hago ningún trabajo para el municipio', dijo Alonso Santiago quien agregó que tuvo la oportunidad de regresar, pero nunca lo aspiró.
Cuestionamos también si existe documentación alguna que demuestre que cesó de servir como asesor legal para el municipio a lo que insistió que al no atender las tareas que le asignó el municipio y al no cobrar por ello, su relación contractual quedó terminada. Dentro la documentación sometida a la Oficina del Contralor no hay enmiendas al contrato para indicar su cancelación, pese a que hasta la fecha el municipio no ha contratado a Alonso Santiago por sus servicios.
La cuarta cláusula del contrato entre el municipio y el licenciado dispone que 'lo pactado en este contrato no limita la facultad de la segunda parte (Alonso Santiago) de ejercer libremente su profesión. No obstante, éste hace reconocimiento de su deber y se compromete a no aceptar contrato, emitir opinión, ni participar en cualquier asunto que resulte en un conflicto de intereses en la segunda parte y el municipio'.
La trigésima primera cláusula reafirma que, '[l]a segunda parte (Alonso Santiago) certifica que al presente no representa ni representará, durante la vigencia del presente contrato, a personas naturales o jurídicas con intereses en conflicto con los del municipio de conformidad con el artículo 4.3 de la Ley de Éticas Gubernamental. La segunda parte reconoce que en el ejercicio de su función profesional tiene un deber de lealtad hacia el municipio'.
Contrato del abogado Roberto Alonso_23444