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Tribunales

No hay que divulgar identidad de fuente de memo del NIE en caso de difamación, concluye apelativo

La determinación ocurre en caso contra Noticentro y sus experiodistas Álex Delgado y Yesenia Torres.

El Tribunal de Apelaciones resolvió que no hay que identificar la fuente que divulgó a Noticentro un memo del Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) con el cual se hizo un reportaje que ahora es objeto de una demanda de difamación.

La opinión es la primera en ese foro revisor después de que el Tribunal Supremo estableciera el año pasado que los periodistas tienen el privilegio de no divulgar la identidad de sus fuentes de información, a menos que sea “necesario conocer la identidad de la fuente o la información confidencial para establecer su causa de acción”.

Los demandantes, licenciado Ildefonso Torres Rodríguez y su esposa, reclaman que sufrieron daños cuando Noticentro emitió reportajes en 2018 que alegaban que el entonces fiscal había pagado a empleados de la Autoridad de Energía Eléctrica para que le conectaran el servicio eléctrico en su hogar de forma privilegiada. Los reportajes se basaban en una comunicación interna del Departamento de Justicia sobre que Torres Rodríguez era objeto de investigación por esto.

Las partes están litigando la divulgación de la identidad de la fuente desde 2021, cuando el Tribunal de Primera Instancia ordenó la divulgación. Mientras estaba pendiente esa disputa, el Supremo resolvió otro caso en el que reconoció el privilegio del periodista para proteger su fuente. Aún aplicando los principios de ese caso, el juez de instancia volvió a ordenar la divulgación de la fuente porque era pertinente para explicar la motivación que tuvo para cometer el delito de divulgar un documento confidencial; explicar la motivación que tuvo para sacar información privilegiada de un sumario fiscal; explicar la motivación que tuvo para entregar la información al entonces director de noticias de la televisora, Álex Delgado; explicar qué beneficio obtuvo; y explicar qué le dijo a Delgado sobre la investigación de Torres Rodríguez.

Pero el apelativo, al aplicar la doctrina nueva del Supremo, encontró que esa orden de divulgación no sobrevive el análisis aplicable para la figura del privilegio del periodista porque ninguna de las justificaciones tiene que ver con si el contenido del documento entregado a los periodistas era cierto o no.

“La identidad de la fuente periodística carece de pertinencia para concluir que la información divulgada contra el licenciado Torres Rodríguez era falsa. En otras palabras, su identidad no guarda relación con la evaluación de la veracidad o falsedad del contenido de dicho documento”, concluyó el panel de jueces.

“La identidad de la fuente periodística no hace más o menos probable que el contenido de dicha carta sea falso. Más aun, cuando no hay controversia de quien redactó el memorando, y quienes fueron las personas que proveyeron la información para su elaboración”, añadió.

El tribunal resaltó también que no hay una investigación de Justicia sobre la divulgación de un documento confidencial parte del sumario fiscal.

Para leer la decisión, pulse aquí.

PDF: Decisión apelativo en caso de difamación contra Noticentro junio 2025.pdf

Vea:

Supremo revoca orden contra periodistas para que revelaran fuentes

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.