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Nuevo Código Penal troncha programa de rehabilitación

El nuevo Código Penal mató de un plumazo uno de los aspectos más novedosos que fue establecido en el estatuto legal aprobado en el 2004, que era la restricción terapéutica, un tipo de programa de desvío muy parecido a la Corte Drogas de la Rama Judicial.

Con esta movida se troncha el que las personas que sufren algún tipo de adicción y que por ello cometen algún delito, sean tratadas bajo un enfoque salubrista en donde se puedan atender su problema, al tiempo que se rehabilitan.

Para la licenciada Verónica Vélez, asesora en Legislación y Educación Jurídica de la Sociedad para Asistencia Legal de Puerto Rico (SALPR), esto representa un cambio dramático, pues se han limitado las penas alternas a la reclusión a las personas acusadas de cometer un delito.

Además, puntualizó que 'gran parte de los delitos que se vinculan a dependencias de sustancias controladas como el escalamiento, el robo, la apropiación ilegal, la apropiación ilegal agravada, el secuestro, entre otros, se les agrava sus penas dramáticamente'.

En ese sentido, el nuevo Código Penal establece que el delito de apropiación ilegal agravada tiene una pena fija de 15 años, el robo 20 años, el robo agravado 30 años, el secuestro 25 años y el secuestro agravado 50 años. En el delito de escalamiento, que siempre ha sido considerado como un delito menos grave, con el nuevo Código Penal la pena es equiparable a la comisión de un delito grave de tercer grado, lo que aumentó dos grados la clasificación del delito.

El Código Penal del 2004 dejaba a discreción del Tribunal la imposición de la pena.

Ante este cuadro, Vélez sentenció que 'ninguna de estas medidas abonan a la rehabilitación del convicto y contraviene el principio de proporcionalidad de la pena'.

Por su parte la jueza Sonia Ivette Vélez, directora de la Oficina de Administración de Tribunales (OAT), rechazó que con la eliminación de la restricción terapéutica se pueda ver afectado el proyecto de la Corte de Drogas, también conocido como 'Drug Court', y que ha sido establecido en 10 regiones judiciales.

Vélez abundó que 'la Corte de Drogas son unas cortes especiales que están regidas por unos principios muy respaldados… Entiendo que con respecto a las mismas están enmarcadas en una nueva visión de la administración de la Justicia, lo que nosotros denominamos justicia terapéutica o justicia restaurativa… No va a hacer ninguna mella, o ninguna huella en el mismo. Correrá el proceso criminal, los jueces determinarán si el candidato es un candidato o una candidata idónea para entrar en el proceso de la Cortes de Droga. La Corte de Droga no es fácil, (el acusado) está bajo la supervisión del Tribunal por dos, tres o cuatro años, hasta que el Tribunal entienda que está rehabilitado con un seguimiento constante'.

La funcionaria destacó que 'en gran medida el éxito de la Corte de Drogas es cuánto entiende el Ministerio Público la conveniencia de ese desvío en búsqueda de la rehabilitación. Mientras esté respaldado por el Departamento de Justicia, la Sociedad para Asistencia Legal, los abogados de la defensa y el compromiso absoluto que tiene la Rama Judicial con este proyecto, yo creo que no va a verse afectado en lo más mínimo'.

El nuevo Código Penal imposibilita el programa local de restricción terapéutica para adictos que era una alternativa a la reclusión. (Josian Bruno/NotiCel)
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