AGP olvida que firmó ley para no quitarle poderes al Supremo
En el año 2013, cuando el Tribunal Supremo declaró constitucional la Ley 3 que enmendaba el Sistema de Retiro, aprovechó para declarar inconstitucional una ley que pretendía enmendar los poderes del Alto Foro, entre ellos el recurso de certificación.
Pero el gobernador Alejandro García Padilla dijo el jueves que no recordaba los pormenores de dicha ley que él firmó el 15 de mayo de 2013.
"No recuerdo los detalles de esa ley y de aquel proyecto. Lo único que sé es que hay unos proyectos radicados (en Cámara y Senado) y que no se ha eliminado (la facultad del Tribunal en cuanto al recurso de certificación) porque emitieron una certificación ayer", dijo García Padilla a preguntas de la prensa.
El Proyecto del Senado 367, de la autoría del presidente del Senado, Eduardo Bhatia, se presentó para el 8 de febrero de 2013. El mismo buscaba limitar el campo de acción del Tribunal Supremo y retrotraerlo a lo mínimo establecido en la Constitución. Las enmiendas tenían el efecto de alterar el mecanismo de la certificación intrajurisdiccional según reconocida en la Ley de la Judicatura y la Regla 52.2 de Procedimiento Civil.
En esa medida, se establecía que el Tribunal Supremo solo podía traer ante sí por el recurso de certificación casos que estén pendientes ante el Tribunal de Apelaciones, salvo acuerdo entre las partes para certificarlo desde el Tribunal de Primera Instancia.
El proyecto se aprobó en el Senado el 13 de mayo de 2013 y se convirtió en la Ley 18 el 15 de mayo de 2013.
Asílas cosas, el 11 de junio de 2013 el Tribunal Supremo, en el caso sobre la impugnación de la Ley 3 del Sistema de Retiro (Alvarado Pacheco y Otros v. E.L.A., 2013 T.S.P.R. 64), mediante Resolución declaró inconstitucional la Ley Número 18-2013.
Según la interpretación del Supremo, la Ley Número 18-2013 "representa un acto legislativo que altera la jurisdicción y competencia del Tribunal Supremo y constituye una intromisión inconstitucional de la Rama Legislativa con el ámbito de acción de la Rama Judicial".
Se resolvió que "aunque la Asamblea Legislativa tiene la facultad para reglamentar la competencia de los tribunales, ello no puede resultar en el despojo de la jurisdicción del Tribunal Supremo para atender cualquier causa que se le presente".
A pesar de la determinacion del Tribunal Supremo, el 12 de junio de 2013 se presentó el Proyecto de la Cámara 1248 y dos días después, la Comisión de lo Jurídico presentó el informe y se remitió a Comisión de Calendarios a donde está actualmente.
Por su parte, en el Senado, se presentó el mismo proyecto (Proyecto del Senado 657) y solamente aparece en Primera Lectura.
Estos proyectos buscan enmendar el Artículo 3.002 de la Ley de la Judicatura y ajustar las Reglas de Procedimiento Civil para limitar la competencia del Supremo para intervenir con casos en tribunales de menor jerarquía.
El miércoles García Padilla dijo que a raíz de la decisión del Tribunal Supremo sobre la Ley de Colegiación del Colegio de Abogados, ordenó a la Asamblea Legislativa a que revise los proyectos presentados en ambas cámaras para quitarle poderes al Supremo.
"El acceso a la justicia que tienen garantizado todas las partes en un proceso judicial incluye, como requisito indispensable, el derecho a juicio en su fondo, descubrimiento de prueba y la oportunidad de ventilar esa prueba ante un juez imparcial. El recurso de certificación impide ese proceso. Ante ese exceso sistemático en el ejercicio de discreción del Tribunal Supremo de Puerto Rico, en el día de hoy le he pedido a la Asamblea Legislativa que en la próxima sesión analice con celeridad los proyectos 'E-13-0053 (Proyecto de la Cámara 1248 y Proyecto del Senado 657)' que le quitan a dicho foro judicial la discreción de negar juicio en su fondo a una de las partes", dijo García Padilla en ese entonces.
La Asociación de Abogados presentó el martes, una demanda impugnando la constitucionalidad de la colegiación compulsoria. La Asociación de Abogados solicitó al Tribunal Supremo certificar la demanda para su atención inmediata.
A la demanda de la Asociación de Abogados se unieron como interventores más de una docena de abogados entre los cuales se encuentran los licenciados Félix Colón Serrano, María Fullana, los legisladores José Enrique Meléndez y Carmelo Ríos, Luis Dávila Colón, Miguel Romero, Elías Sánchez, Mario Santurio, Carlos Sagardía y Valerie Rodríguez.
Según un comunicado de prensa, el debate legislativo en torno a esta Ley, alrededor de 12,000 abogados han decidido no ser parte del Colegio de Abogados lo que representa 3 de cada 4 abogados admitidos en Puerto Rico.
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