AGP impulsa cambios bajo Ley 66 para negociar convenios sin enmendarla
El pasado 11 de agosto, el liderato de algunas corporaciones públicas presentó al gobernador Alejandro García Padilla una propuesta de enmiendas a la Ley Número 66-2014.
En esencia, los sindicatos solicitaron enmendar los artículos 10 y 17 del mencionado estatuto, que atienden los traslados y destaques administrativos y los ajustes a cláusulas no económicas de los convenios colectivos vigentes que tienen impacto en el control fiscal de estas dependencias. La posición de estos líderes sindicales ha sido que los objetivos de estos artículos se pueden lograr a través de los mecanismos contenidos en sus respectivos convenios colectivos.
Luego de evaluar las enmiendas propuestas, el gobernador, a través de su asesor laboral, Luis Alberto Álvarez, comunicó en la tarde del viernes a Pedro Irene Maymí, portavoz del grupo de trabajadores, que ha determinado acoger la sugerencia de estos sindicatos para que se utilicen los mecanismos existentes en los convenios colectivos siempre y cuando se consigan los mismos objetivos de los artículos 10 y 17(a)-(i) de la Ley Número 66-2014.
A esos efectos, el Mandatario instruyó a los jefes de las corporaciones públicas concernidas a que no pongan en vigor los artículos antes mencionados durante el periodo de negociación, y que se atiendan los objetivos y preocupaciones correspondientes a estos artículos mediante los mecanismos dispuestos en sus respectivos convenios colectivos.
La posición del Ejecutivo, afirmada y evidenciada por los varios acuerdos ya suscritos en varias corporaciones públicas y sus sindicatos, es que la Ley Número 66-2014 claramente provee para que el patrono y sus sindicatos, a través de un proceso de negociación alterna, logren acuerdos mutuamente beneficiosos para ambas partes que cumplan con el objetivo último de contribuir al saneamiento de las finanzas y eficiencias de las respectivas corporaciones públicas y, en general, con la salud fiscal del gobierno y país.
El Mandatario destacó además que las corporaciones públicas tienen hasta el 31 de agosto de 2014 para culminar las negociaciones o, como máximo, hasta el 15 de septiembre del mismo año, si es que se le solicita una extensión al secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, según dispuesto en la Ley Número 66-2014.