Supremo se lleva por el medio colegiación compulsoria de abogados y apunta a otros colegios (documento)
El Tribunal Supremo de Puerto Rico en votación 6-3 declaró inconstitucional tres artículos de la Ley de Colegiación Integrada de la Abogacía, particularmente aquellos que hacen compulsoria la colegiación manteniendo la constitucionalidad del resto de la legislación, incluyendo el que los informes de la Comisión de Ética del Colegio de Abogados sean vinculante.
Debido a que la opinión se resolvió en base a leyes locales, el único recurso que el gobierno tiene es solicitarle al Supremo una reconsideración de su decisión. NotiCel no pudo obtener una reacción inmediata del Departamento de Justicia.
En la opinión mayoritaria, el Alto Foro indicó que, con la decisión de hoy, 'tomamos el timón de la profesión legal y ponemos punto final al vaivén incierto en el que ha navegado la clase togada por demasiado tiempo'.
'La decisión que hoy emitimos les garantiza tanto a aquellos letrados que elijan asociarse a una agrupación particular, como a aquellos que opten por no hacerlo , la libertad que como abogados vienen llamados a defender y que como ciudadanos, indiscutiblemente, merecen se les respete', añade.
'[E]s nuestra firme contención que este Tribunal es el ente capaz y adecuado para dirigir el camino de la clase togada en Puerto Rico y garantizar el buen funcionamiento de la Rama Judicial', concluyen.
En una opinión de conformidad, el juez Rafael Martínez Torres, expresó que 'los principios que sentamos hoy son de aplicación general y tienen que evaluarse también en el contexto de otras profesiones y oficios', lo que adelanta el criterio de parte del tribunal sobre los demás colegios profesionales que son compulsorios.
La jueza presidenta Liana Fiol Matta, al igual que las juezas Anabelle Rodríguez Rodríguez y Maite Oronoz Rodríguez, disintieron pero no prepararon opinión, reservándose el derecho a emitirlas posteriormente bajo lo provisto en el Reglamento del Tribunal Supremo.
El juez Luis Estrella emitió lo que llamó una opinión disidente en la que dijo que declararía inconstitucional la totalidad de la legislación. Pero la opinión mayoritaria, en una nota al calce dice que esa opinión cuenta con el bloque mayoritario y no es 'disidente', por lo que la votación oficial del tribunal sería seis a tres. Estrella considera que procedía decretar la totalidad de la ley inconstitucional, por constituir una materia ajena a la función legislativa y violar la separación de poderes y la independencia judicial.
El presidente de la Asociación de Abogados de Puerto Rico, Héctor Ramos, celebró la decisión y expresó que 'esto debe ser obvio para todos en un sistema democrático, en un sistema donde el individuo, el ser humano no es esclavo de decisiones caprichosas del gobierno. Esas actitudes y visiones miopes de querer amarrar a las personas y esclavizarlas para amoldarlas a los deseos de un gobierno son rechazadas por la Asociación de Abogados como lo ha sido hoy por el Tribunal Supremo y de seguro son rechazadas por el pueblo'.
Por su parte, uno de los abogados de la Asociación, Ramón Rosario afirmó que 'esta decisión es una gran victoria para la clase togada y para la democracia en la Isla'.
El expresidente del Senado Thomas Rivera Schatz, quién fue la persona que llevó el caso contra el Colegio de Abogados y la ley que firmó el gobernador García Padilla reaccionó a la determinación judicial.
'Me parece que esa decisión del supremo es otro freno a los intentos del el gobierno popular de ir contra las personas que creemos que Puerto Rico debe convertirse en un estado. El supremo le puso punto final', dijo Rivera Schatz.
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