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Recurra a abogados o testigos para un proceso de desahucio

La presidenta de la Asociación de Arrendadores de Bienes Inmuebles de Puerto Rico, Ivette Pasarell, destacó que las Salas de Mediación de Conflicto de los Tribunales son el mejor recurso para canalizar casos en los que las tensiones entre los arrendadores y los inquilinos alcanzan gran escala por reclamos de dinero, o porque el dueño de la propiedad la necesite de vuelta por algún contratiempo.

La recomendación de Pasarell se da en momentos en que los jóvenesChristopher Sánchez Asencio y José Luis BoschMulero son acusados del asesinato de la familia del exmilitarMiguel Ortiz Díaz y su familia,dueño de la propiedad alquilada en la que vivía el primero enBayamón. El hombre de 27 años enfrentaba un proceso de desahucio debido a que había incumplido con el pago del alquiler de la residencia, propiedad del también profesor en la American Military Academy.

Tanto Pasarell como el licenciado Juan Torruella Rojas reiteraron la importancia de que exista un contrato de arrendamiento entre las partes. Además, Torruella Rojas, sostiene que los arrendadores deben investigar a fondo las referencias de la persona que interesa alquilar la vivienda y su capacidad de pago antes de firmar el contrato.

Según Pasarell, hay compañías de seguros que ofrecen productos para que los inquilinos puedan obtener el pago de dos meses de la renta de la vivienda, si enfrentan alguna dificultad económica que le impida cumplir con sus obligaciones.

Mientras, Torruella Rojas expuso que si ya existe un incumplimiento en el pago del alquiler, el arrendador puede llegar a un acuerdo con el inquilino para que reciba una cantidad de dinero y a cambio le abandone la propiedad, y de esta manera ambos se evitan todo el proceso en el Tribunal.

Pero si el arrendador, ha decidido solicitar una orden de desahucio, este lo puede hacer a través de un abogado o por derecho propio. Un proceso de desahucio puede ocurrir con tan solo un día de incumplimiento con el pago del alquiler.

No obstante, Pasarell manifestó que, 'te soy bien sincera, el 110% de los arrendadores nunca lo hacen así. Siguen dando oportunidades porque como arrendador tu no quieres que tu propiedad este vacía, te cuesta tenerla vacía, quieres tener ese inquilino allí. Pero tampoco los arrendadores podemos subsidiar el arreglo del carro, la compra de uniforme, la compra de juguetes (del inquilino)'.

Torruella Rojas explicó a este diario que el proceso de desahucio puede ser a través de una acción civil ordinaria, que es un proceso judicial que tiene muchos requerimientos y por lo general puede tomar mucho tiempo hasta que se obtenga una decisión final y firme. La ventaja de este proceso es que la persona puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios.

Por otro lado, muchos arrendadores terminan inclinándose por un proceso de desahucio sumario especial, que requiere que la persona reciba una citación en el Tribunal dentro de los 10 días posteriores a la radicación de la demanda. Luego de pasar la prueba (que es la evidencia de pago ya sea de recibo, giro o cheque), el juez determina si corresponde o no la orden de desahucio. Luego que la sentencia es final y firme, el juez emite una orden y el aguacil es el que se encarga del proceso de desalojo de la propiedad.

Para Pasarell,iniciado el proceso de desahucio, si el dueño de la propiedad decide llegar a un acuerdo sobre la deuda del inquilino, lo recomendable es que todo sea canalizado por medio de los abogados.

Si el dueño de la propiedad no tiene un abogado, Pasarell recomienda que todas las transacciones se hagan en presencia de un testigo, que el acuerdo quede documentado, y que conserve evidencia de los pagos recibidos.

Por su parte, Torruella Rojas entiende que los arrendadores tienen que actuar con prudencia y evaluar esta posibilidad dependiendo de cada situación y el perfil del inquilino.

(Archivo NotiCel)
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